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    <identificador>BOCM-20161228-40</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>Consejería de Educación, Juventud y Deporte</departamento>
    <rango>ORDEN</rango>
    <fecha_publicacion>2016/12/28</fecha_publicacion>
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    <titulo>Concesion ayudas
– Orden 3970/2016, de 20 de diciembre, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se conceden ayudas en el año 2016 a deportistas madrileños por participar en competiciones deportivas oficiales</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>312</diario_numero>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
    <apartado>C) Otras Disposiciones</apartado>
    <organismo>CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE</organismo>
    <tipo_disposicion>ORDEN</tipo_disposicion>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID 
  C) Otras Disposiciones 
  CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE 
 
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 ORDEN 3970/2016, de 20 de diciembre, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se conceden ayudas en el año 2016 a deportistas madrileños por participar en competiciones deportivas oficiales. 
  Mediante la Orden 1853/2016, de 9 de junio, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, se establecieron las bases reguladoras y por Orden 2380/2016, de 21 de julio, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, se aprobó la convocatoria correspondiente para el año 2016 de ayudas a deportistas madrileños por participar en competiciones deportivas oficiales.
  Vista la propuesta de Resolución elevada por el Director General de Juventud y Deporte y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas por la legislación vigente,
  DISPONGO
  Primero
  Conceder las ayudas a deportistas por las cuantías que se relacionan en el Anexo I de la presente Orden.
  Segundo
  Aprobar la relación de solicitudes suplentes que se relacionan en el Anexo II de la presente Orden. 
  Tercero
  Las solicitudes no incluidas en los citados Anexos se entenderán desestimadas.
  Cuarto
  El pago de estas ayudas se realizará con cargo al subconcepto 48399 del Programa 336A del vigente Presupuesto de Gastos de la Comunidad de Madrid para el año 2016, por un importe de 694.000 euros, previa presentación por los beneficiarios, en el plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de la Orden de concesión en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, del certificado de la Federación a que se refiere el artículo 8 de la Orden 1853/2016 y el artículo 8 de la Orden 2380/2016, de 21 de julio, ya citadas. Asimismo, en el caso de no presentar la justificación o de que la ayuda sea objeto de revocación por alguna de las causas del artículo 9 de la Orden de bases reguladoras, para que se pueda producir la cobertura automática de las vacantes por los suplentes, será necesario que los mismos hayan presentado dicho certificado.
  Quinto
  Los beneficiarios quedan sometidos a las obligaciones establecidas en el artículo 12 de las bases reguladoras.
  Sexto
  Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición ante el propio órgano que lo ha dictado, en el plazo de un mes de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, contados, en ambos casos, desde el día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de cuantos otros recursos estime oportuno interponer. 
  Madrid a 20 de diciembre de 2016.
  		El Consejero de Educación, Juventud y Deporte, 		RAFAEL VAN GRIEKEN SALVADOR
  
     
     
     
 
   (03/45.147/16)</texto>
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