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    <identificador>BOCM-20170104-15</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio</departamento>
    <rango>RESOLUCIÓN</rango>
    <fecha_publicacion>2017/01/04</fecha_publicacion>
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    <titulo>Normas urbanísticas
– Resolución de 16 de diciembre de 2016, del Director General de Urbanismo, por la que se ordena la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del fallo de la sentencia firme número 237/2016 del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, recaída en los autos del procedimiento ordinario número 582/2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID 
  C) Otras Disposiciones 
  CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, ADMINISTRACIÓN LOCAL Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO 
 
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 RESOLUCIÓN de 16 de diciembre de 2016, del Director General de Urbanismo, por la que se ordena la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del fallo de la sentencia firme número 237/2016 del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, recaída en los autos del procedimiento ordinario número 582/2010. 
  La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid; en los autos del procedimiento ordinario número 582/2010 ha dictado sentencia de 1 de septiembre de 2016. Esta sentencia es firme. 
  La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid declara nulo de pleno derecho el Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid de 10 de febrero del año 2012, por el que se aprobó definitivamente la Modificación Puntual No Sustancial del Plan General de Ordenación Urbana de Collado Villalba para la construcción de un nuevo hospital, con las condiciones que señala el informe de la Comisión de Urbanismo de 31 de enero del año 2012. Dicho Acuerdo se publicó en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 47, de 24 de febrero de 2012.  
  En ejecución de la citada sentencia y de conformidad con los artículos 107 y 72.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y con lo dispuesto en el artículo 7.2 de la Orden 1463/2015, de 13 de julio, de la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias,
  RESUELVO
  Ordenar la publicación del fallo de la sentencia firme del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 1 de septiembre de 2016, dictada en los autos del procedimiento ordinario número 582/2010, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, que dice: 
  “Que estimando en parte el recurso contencioso-administrativo promovido por la asociación Ecologistas en Acción-CODA contra los Acuerdos del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid de 25 de marzo, 25 de noviembre del año 2010 y 10 de febrero del año 2012, reseñados en el fundamento de derecho primero, anulamos el Acuerdo de 10 de febrero del año 2012 por no ser conforme a derecho, de acuerdo con lo razonado en el fundamento de derecho decimoquinto, con desestimación del resto de las pretensiones de la demandante, por ser conformes a derecho los Acuerdos de 25 de marzo y de 25 de noviembre del año 2010”. 
  Madrid, a 16 de diciembre de 2016..El Director General de Urbanismo, José Tortosa de la Iglesia.
  (03/44.850/16)</texto>
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