<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20170104-185</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 35</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2017/01/04</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 35. Ejecución 188 de 2016, notificación a Servicios Floyd 2006, S. L.</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>11</pagina_inicial>
    <pagina_final>11</pagina_final>
    <diario_numero>3</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://bocm.es/2017-01-04-3281220160240</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2017/01/04/BOCM-20170104-185.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2017/01/04/BOCM-20170104-185.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2017/01/04/BOCM-20170104-185.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2017/01/04/BOCM-20170104-185.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 35</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 35 
 
 185 
 Madrid número 35. Ejecución 188 de 2016, notificación a Servicios Floyd 2006, S. L. 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña María Blanca Galache Díez, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 35 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 188 de 2016 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Nilsa Aurora Benítez Palacio, frente a “Servicios Floyd 2006, Sociedad Limitada”, sobre ejecución de títulos judiciales, se han dictado auto y decreto de fecha 5 de diciembre de 2016, cuyas partes dispositivas son las siguientes:
  Auto
  Despachar orden general de ejecución del auto de fecha 13 de octubre de 2016 a favor de la parte ejecutante doña Nilsa Aurora Benítez Palacio, frente a la demandada “Servicios Floyd 2006, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por un principal de 8.326,08 euros, más 416,00 euros y 832,00 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.
  Notifíquese la presente resolución a las partes.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander”, número 2808/0000/64/0188/16.
  Así por este su auto lo acuerda, manda y firma el ilustrísimo magistrado-juez de lo social don José Antonio Capilla Bolaños.
  Decreto
  En orden a dar efectividad a la orden general de ejecución, acuerdo: Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles de que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.
  Notifíquese la presente resolución a las partes.
  Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banco Santander”, IBAN ES55/0049/3569/92/0005001274, número 2808/0000/64/0188/16.
  Así lo acuerdo y firmo. Doy fe..La letrada de la Administración de Justicia, María Blanca Galache Díez.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Servicios Floyd 2006, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 5 de diciembre de 2016..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
  (03/43.836/16)</texto>
</documento>