<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20170104-58</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>GALAPAGAR</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2017/01/04</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Galapagar. Régimen económico. Presupuesto general 2017</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>7</pagina_inicial>
    <pagina_final>7</pagina_final>
    <diario_numero>3</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://bocm.es/2017-01-04-3020120170226</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2017/01/04/BOCM-20170104-58.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2017/01/04/BOCM-20170104-58.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2017/01/04/BOCM-20170104-58.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2017/01/04/BOCM-20170104-58.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Galapagar</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE GALAPAGAR 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 58 
 Galapagar. Régimen económico. Presupuesto general 2017 
  Por el Pleno de la Corporación, en sesión extraordinaria celebrada el 2 de enero de 2017, ha sido aprobado inicialmente el presupuesto general del Ayuntamiento para 2017 junto con la plantilla de personal, en virtud del artículo 197 bis de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General.
  La documentación del expediente del presupuesto y documentos anexos, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y 126 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, se halla expuesta al público en la Intervención Municipal.
  Los interesados que estén legitimados según lo indicado en el artículo 170 del Real Decreto Legislativo 2/2004 citado, y por los motivos taxativamente enumerados en su número 2, podrán presentar reclamaciones con sujeción a los siguientes trámites:
  a)	Plazo de formulación y admisión de reclamaciones: quince días hábiles a partir del siguiente a la fecha de inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  b)	Oficina de presentación: Registro General.
  c)	Órgano ante el que se reclama: Pleno de la Corporación.
  Dicho expediente se considerará definitivamente aprobado si no se presenta ninguna reclamación contra el mismo.
  En Galapagar, a 2 de enero de 2017..El sexto teniente de alcalde, Juan Antonio Francés Santaella.
  (03/119/17)</texto>
</documento>