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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID 
 
 88 
 Madrid. Sección Undécima. Recurso 497 de 2015, notificación a Infoaccidentes Abogados, S. L. P., y don Antonio Anastasio Cortés Cuevas 
  Sección Undécima
  EDICTO
  Doña Amalia Marcos Andrés, letrada de la Administración de Justicia de la Sección Undécima de la Audiencia Provincial de Madrid.
  Hago saber: Que en este tribunal se sigue recurso de apelación registrado con el número 497 de 2015, y con fecha 16 de noviembre de 2016 se ha dictado auto que a su vez aclara la parte dispositiva de la sentencia dictada con fecha 16 de septiembre de 2016, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  Estimar la petición formulada por la entidad aseguradora de “Caser-Caja Seguros Reunidos”, representada por la procuradora de los tribunales doña Andrea Dorromochea Guiot, con respecto a la aclaración interesada en el presente recurso de apelación con relación a la sentencia dictada con fecha 16 de septiembre de 2016, aclarándose en el sentido siguiente:
  a)  El fundamento VIII de la sentencia de primera instancia solo se revoca en materia de costas procesales con respecto a los codemandados doña Susana Dieste La Granja y la compañía aseguradora “Arch Insurance Company (Europe), Ltd.”,  declarando no haber lugar a realizar expresa mención sobre este extremo con respecto a ellos.
  b)  Se mantiene el pronunciamiento de condena en costas a la actora con respecto a don Antonio Anastasio Cortés Cuevas, “Infoaccidentes Estudios Jurídico, Sociedad Limitada”, y compañía aseguradora “Caser”, al no haberse formulado ninguna impugnación sobre la absolución de dichos demandados, quedando firme el pronunciamiento realizado en primera instancia sobre este extremo.
  Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la resolución objeto de la petición de aclaración y que ya quedaron indicados al notificar aquella, computándose el plazo desde la notificación de este auto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 267.9 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
  Así por este auto lo acuerdan, mandan y firma los ilustrísimos magistrados.
  Y para que sirva de notificación en legal forma el auto aclaratorio dictado con fecha 16 de noviembre de 2016 con respecto a la sentencia de fecha 16 de septiembre de 2016, a los demandados “Infoaccidentes Abogados, Sociedad Limitada Profesional”, y don Antonio Anastasio Cortés Cuevas, declarados en situación procesal de rebeldía, y que en la actualidad se ignora su paradero, extiendo y firmo la presente.
  En Madrid, a 30 de noviembre de 2016..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
  (03/43.768/16)</texto>
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