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    <identificador>BOCM-20170111-132</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 37</departamento>
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    <fecha_publicacion>2017/01/11</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 37. Ejecución 154 de 2016, notificación a I-Vamos Empresa de Servicios Especializados, S. L.</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>9</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 37</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 37 
 
 132 
 Madrid número 37. Ejecución 154 de 2016, notificación a I-Vamos Empresa de Servicios Especializados, S. L. 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
   D./Dña. LORENA QUIROGA MORALES  LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 37 de Madrid, HAGO SABER:
  Que en el procedimiento 154/2016 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. ADELA SANCHEZ DAVILA frente a I-VAMOS EMPRESA DE SERVICIOS ESPECIALIZADOS SL y FOGASA sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución :
  
  PARTE DISPOSITIVA
  
  A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 2182,42 euros  de principal; más 436,48 euros  de intereses costas provisionales, se declara la INSOLVENCIA PROVISIONAL total del ejecutado I-VAMOS EMPRESA DE SERVICIOS ESPECIALIZADOS SL, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.
  
  Asimismo, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el FONDO DE GARANTIA SALARIAL.
  
  Una vez firme la presente resolución, archivense las presentes actuaciones.
  
  MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de TRES DIAS desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, ingresar la cantidad de  25 Euros, dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en la entidad BANCO DE SANTANDER IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 número 2810-0000-64-0154-16.
  
  Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.
  
  El/ LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
  
  D./Dña. LORENA QUIROGA MORALES
  
  DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 L.R.J.S. .Doy fe.
  
  Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA  a I-VAMOS EMPRESA DE SERVICIOS ESPECIALIZADOS SL , en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.
  
  Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
  
  En Madrid , a trece de diciembre de dos mil dieciséis .
  
     EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
  
  (03/44.201/16)</texto>
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