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    <identificador>BOCM-20170111-19</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE</departamento>
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    <fecha_publicacion>2017/01/11</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. Confederación Hidrográfica del Tajo. Concesión de aguas subterráneas</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>9</diario_numero>
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    <seccion>II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO</seccion>
    <organismo>MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE</organismo>
    <organismo>Confederación Hidrográfica del Tajo</organismo>
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  <texto>II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO 
  MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE 
 Confederación Hidrográfica del Tajo
 
 19 
 Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. Confederación Hidrográfica del Tajo. Concesión de aguas subterráneas 
  En esta Confederación Hidrográfica del Tajo se ha recibido la siguiente solicitud de inicio del trámite de competencia de proyectos:
  .	Tipo de solicitud: concesiones.
  .	Descripción de la solicitud: aguas subterráneas con destino a riego.
  .	Referencia expediente: C-0269/2016.
  .	Solicitante: “La Cornatilla, Sociedad Limitada”.
  .	Caudal de agua solicitado: 20,1 l/s.
  .	Volumen máximo anual: 156.058,70 m3/año.
  .	Destino del aprovechamiento: usos agropecuarios. Regadíos.
  .	Masa de agua subterránea: 
   Madrid. Aldea del Fresno-Guadarrama (ES030MSBT030.012).
  .	Término municipal donde se localiza la actuación: Villamanta (Madrid).
  De conformidad con la normativa aplicable se abre un plazo de un mes, a contar desde la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que el peticionario presente su petición concreta, por cuadruplicado (incluyendo copias tanto en soporte digital como en soporte papel) y debidamente precintada. La petición deberá incluir los documentos previstos en el citado Reglamento con carácter general y los correspondientes al uso concreto de las aguas.
  Durante este plazo, también se admitirán otras peticiones que tengan el mismo objeto o sean incompatibles con aquella.
  Se denegará la tramitación posterior de toda petición presentada que suponga una utilización de caudal superior al doble del que figura en este anuncio. El peticionario que pretenda utilizar un caudal superior a dicho límite podrá dirigirse por escrito a esta Confederación dentro de este plazo para solicitar la paralización de este trámite y acogerse a la tramitación prevista al efecto.
  La presentación, mediante instancia, se hará efectiva por cualquiera de los medios habilitados según la Ley de Procedimiento Administrativo, y se dirigirá, indicando la referencia del expediente, a:
  Confederación Hidrográfica del Tajo.
  Comisaría de Aguas.
  Área de Gestión del Dominio Público Hidráulico.
  Tras la conclusión del plazo, se procederá al desprecintado de los documentos técnicos a las trece horas del séptimo día hábil, y se levantará acta del resultado que deberán firmar los interesados presentes.
  Normativa aplicable
  Reglamento del Dominio Público Hidráulico.
  .	Publicación, plazo y concurrentes: artículo 105.
  .	Documentación: artículo 106.
  .	Desprecintado: artículo 107. Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
  .	Presentación en registros: artículo 38.4. Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  .	Presentación en registros: artículo 16.4.
  Madrid, a 8 de noviembre de 2016..La técnico superior, Laura Garrido Sobrados.	
  (02/40.451/16)</texto>
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