<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20170111-58</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2017/01/11</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid. Sección Decimoctava. Recurso 504 de 2016, notificación a Carana Peluqueros, S. L. y otros</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>5</pagina_inicial>
    <pagina_final>5</pagina_final>
    <diario_numero>9</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://bocm.es/2017-01-11-9301220160129</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2017/01/11/BOCM-20170111-58.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2017/01/11/BOCM-20170111-58.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2017/01/11/BOCM-20170111-58.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2017/01/11/BOCM-20170111-58.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Audiencia Provincial:</organismo>
    <organismo>Audiencia Provincial:</organismo>
    <organismo>AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID 
 
 58 
 Madrid. Sección Decimoctava. Recurso 504 de 2016, notificación a Carana Peluqueros, S. L. y otros 
  Sección Decimoctava
  EDICTO
  En virtud de lo dispuesto en los autos de ejecución de títulos no judiciales número 1.682 de 2009, siendo apelante el banco “Caja España de Inversiones, Salamanca y Soria, Sociedad Anónima”, representada por la procuradora doña Adela Cano Lantero, y apelados “Carana Peluqueros, Sociedad Limitada”, don Alfonso Sevillano Perucha y doña Ana María Sanz García, sobre denegación de sucesión procesal, por estar en ignorado paradero la parte apelada “Carana Peluqueros, Sociedad Limitada”, don Alfonso Sevillano Perucha y doña Ana María Sanz García, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156, 4.o y 164 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado la publicación del presente edicto en el tablón de anuncios del Tribunal para llevar a efecto la diligencia de notificación de auto de 12 de julio de 2016, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Parte dispositiva:
  La Sala acuerda: Estimar el recurso de apelación interpuesto por la procuradora señora Cano Lantero, en nombre y representación de “Caja España de Inversiones, Salamanca y Soria, Caja de Ahorros y Monte de Piedad”, y, en consecuencia, revocar y dejar sin efecto el auto recurrido, acordándose la admisión a trámite del incidente de sucesión procesal, que deberá continuarse por los trámites legalmente establecidos, sin hacer imposición de costas en esta alzada. Con devolución del depósito constituido.
  Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno.
  Así por este nuestro auto, del que se unirá certificación literal al rollo de Sala, lo acordamos, mandamos y firmamos.
  En Madrid, a 5 de septiembre de 2016..El letrado de la Administración de Justicia de la Sección (firmado).
  (02/45.612/16)</texto>
</documento>