<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20170124-47</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>GRIÑÓN</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2017/01/24</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Griñón. Organización y funcionamiento. Delegación funciones</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>6</pagina_inicial>
    <pagina_final>6</pagina_final>
    <diario_numero>20</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://bocm.es/2017-01-24-20160120170065</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2017/01/24/BOCM-20170124-47.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2017/01/24/BOCM-20170124-47.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2017/01/24/BOCM-20170124-47.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2017/01/24/BOCM-20170124-47.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>GRIÑÓN</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE GRIÑÓN 
 ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
 
 47 
 Griñón. Organización y funcionamiento. Delegación funciones 
  Mediante decreto de Alcaldía 22/2017, de 5 de enero, se acuerda lo siguiente:
  «Primero..Avocar las competencias delegadas, mediante decreto de Alcaldía 961, de 23 de junio de 2015, en la Junta de Gobierno Local, siguientes:
  .	“La aprobación de los contratos de obras, de suministro, de servicios, de gestión de servicios públicos, los contratos administrativos especiales, y los contratos privados cuando su importe no supere el 10 por 100 de los recursos ordinarios del presupuesto ni, en cualquier caso, la cuantía de 6.000.000 de euros, incluidos los de carácter plurianual cuando su duración no sea superior a cuatro años, siempre que el importe acumulado de todas sus anualidades no supere ni el porcentaje indicado, referido a los recursos ordinarios del presupuesto del primer ejercicio, ni la cuantía señalada”.
  .	“La autorización y disposición de gastos dentro de los límites de su competencia, de importe superior a 18.000,00 euros, en cuantía individualmente considerada”.
  Y su inmediata atribución a la Alcaldía-Presidencia como órgano titular de la competencia en el expediente de prórroga del contrato suscrito en fecha 7 de enero de 2016 con don Alejandro Javier Redondo López para prestación del Servicio de Asesoramiento Técnico por parte de un ingeniero (expediente 2340/2016), desde su inicio hasta su resolución, por razones económicas y técnicas motivadas por la urgencia en la aprobación de la prórroga al finalizar el contrato el 6 de enero de 2017 y con la finalidad de no interrumpir la continuidad en la prestación del servicio así como el ejercicio de las competencias propias y obligatorias, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y artículo 116 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, del Reglamento de Organización y Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (ROF).
  Segundo..Publicar el presente decreto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de que surta efectos desde el mismo momento de su firma, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.2 del ROF.
  Tercero..Notificar a los interesados en el procedimiento.
  Cuarto..Dar cuenta del presente decreto al Pleno del Ayuntamiento a efectos de que quede enterado de su contenido, de conformidad con lo establecido en el artículo 44.4 en relación con el 38 d) del ROF».
  Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44.2 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
  En Griñón, a 5 de enero de 2017..El alcalde-presidente, José María Porras Agenjo.
  (03/1.034/17)</texto>
</documento>