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    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 6</departamento>
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    <titulo>Madrid número 6. Ejecución 143 de 2016, notificación a Cuatro Cabos, S. L.</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>32</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 6 
 
 88 
 Madrid número 6. Ejecución 143 de 2016, notificación a Cuatro Cabos, S. L. 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  D./Dña. EVA SAN PABLO MORENO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 6 de Madrid, HAGO SABER:
  Que en el procedimiento 143/2016 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. MARIA CELESTE PARSZA VISSER frente a CUATRO CABOS SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado en fecha 09.01.2017 una resolución con la siguiente parte dispositiva:
  
  “A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 5.717,99 euros de principal, se declara la INSOLVENCIA PROVISIONAL total del ejecutado CUATRO CABOS SL, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.
  
  Una vez firme la presente resolución hágase constar en el  Registro Mercantil, la declaración de insolvencia del deudor (artículo 276.5 de la LJS) y archívense las actuaciones.
  
  MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de TRES DÍAS desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, ingresar la cantidad de 25 euros, dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en la entidad BANCO DE SANTANDER IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 número 2504-0000-64-0143-16.”
  
  Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a CUATRO CABOS SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
  Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
  
  En Madrid, a nueve de enero de dos mil diecisiete
  
     EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
  (03/1.481/17)</texto>
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