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    <identificador>BOCM-20170209-101</identificador>
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    <fecha_publicacion>2017/02/09</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 2. Procedimiento 852 de 2016, notificación a Ramón Hermida Fernández Ávila y Federica y Anastasia, S. L.</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>34</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 2 
 
 101 
 Madrid número 2. Procedimiento 852 de 2016, notificación a Ramón Hermida Fernández Ávila y Federica y Anastasia, S. L. 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  D./Dña. PAULA MATEO ERROZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 02 de Madrid, HAGO SABER:
  
  Que en el procedimiento 852/2016 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. SILVESTRA SPINALE frente a FEDERICA Y ANASTASIA SL y RAMON HERMIDA FERNANDEZ AVILA (ADMINISTRADOR CONCURSAL) sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado SENTENCIA cuyo encabezamiento y fallo es del siguiente tenor literal:
  
  En Madrid a nueve de enero de dos mil diecisiete.
  
  Vistos por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social nº 2, D./Dña. FRANCISCO JOSÉ DEL POZO SÁNCHEZ los presentes autos nº 852/2016 seguidos a instancia de D./Dña. SILVESTRA SPINALE contra RAMON HERMIDA FERNANDEZ AVILA y FEDERICA Y ANASTASIA SL sobre Despido.
  
  EN NOMBRE DEL REY
  
  Ha dictado la siguiente
  
  SENTENCIA Nº 8/2017
  
  FALLO
  
  ESTIMAR la demanda interpuesta por doña Silvestra Spinale frente a la demandada FEDERICA Y ANASTASIA SL y en consecuencia declarar el despido improcedente declarando la extinción de la relación laboral a fecha de la presente, 9 de enero de 2017, con la obligación de abonarse a la demandante en concepto de indemnización la cantidad de 4.755,91 euros y la de 2.838,84 euros en concepto de salarios de trámite a razón de 17,31 euros diarios, todo ello con la responsabilidad subsidiaria del Fondo de Garantía Salarial para el supuesto de insolvencia.
  
  Notifíquese a las partes haciendo saber que no es firme y que contra la misma podrá interponerse recurso de suplica en el plazo de 5 días a contar del siguiente a la notificación.
  
  Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a RAMON HERMIDA FERNANDEZ AVILA y FEDERICA Y ANASTASIA SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid y tablón de anuncios del Juzgado.
  
  Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
  
  En Madrid , a diecisiete de enero de dos mil diecisiete.
  
  EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
  (03/1.834/17)</texto>
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