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    <fecha_publicacion>2017/02/09</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 24. Procedimiento 1.023 de 2016, notificación a Agrupación de Servicios Comunes, S. L.</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>34</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24 
 
 150 
 Madrid número 24. Procedimiento 1.023 de 2016, notificación a Agrupación de Servicios Comunes, S. L. 
  EDICTO
  CÉDULA DE CITACIÓN A JUICIO Y A INTERROGATORIO
  ORGANO QUE ORDENA CITAR
  
  JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 24 DE Madrid.
  
  ASUNTO EN QUE SE ACUERDA
  
  JUICIO Nº 1023/2016 PROMOVIDO POR D./Dña. JUAN CARLOS GIRALDO TRIANA SOBRE Reclamación de Cantidad.
  
  PERSONA QUE SE CITA
  
  AGRUPACION DE SERVICIOS COMUNES SL EN CONCEPTO DE PARTE DEMANDADA EN DICHO JUICIO.
  
  OBJETO DE LA CITACIÓN
  
  ASISTIR AL/A LOS ACTO/S DE CONCILIACIÓN Y JUICIO Y EN, SU CASO, RESPONDER AL INTERROGATORIO SOLICITADO POR AGRUPACION DE SERVICIOS COMUNES SL SOBRE LOS HECHOS Y CIRCUNSTANCIAS OBJETO DEL JUICIO Y QUE EL TRIBUNAL DECLARE PERTINENTE.
  
  LUGAR Y FECHA EN LA QUE DEBE COMPARECER
  
  EN LA SEDE DE ESTE JUZGADO, SITO EN C/ Princesa, 3, Planta 8 - 28008, SALA DE VISTAS Nº 8.2, EL DÍA 04/12/2017, A LAS 10:25 HORAS.
  
  ADVERTENCIAS LEGALES
  
  1.- Su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía (Art. 83.3 LJS).
  Las siguientes comunicaciones se harán en los estrados del Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento (Art. 59 LJS).
  2.- Debe concurrir a juicio con todos los medios de prueba que intente valerse (Art. 82.2 LJS).
  3.- Si pretende comparecer en el juicio asistido de Abogado o representado por Procurador o Graduado Social colegiado debe manifestarlo a este Juzgado por escrito dentro de los dos días siguientes a la publicación del presente edicto (Art. 21.2 LJS).
  4.- Si no comparece, y no justifica el motivo de la incomparecencia, el tribunal podrá considerar reconocidos los hechos controvertidos que le perjudiquen (artículo 304 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil -LEC-, en relación con el artículo 91 de la LJS).
  5.- La publicación de este edicto sirve de citación en legal forma a la parte demandada que se encuentra en ignorado paradero.
  
  DECRETO
  
  En Madrid, a dos de noviembre de dos mil dieciséis.
  
  PARTE DISPOSITIVA
  
  1.- Tener por repartida la anterior demanda, con la que se formará el oportuno procedimiento, registrándose en el libro registro correspondiente.
  
  2.- Se admite a trámite la demanda persentada y se señala para el acto de conciliación y, en su caso, juicio, en única convocatoria la autiencia del día 04/12/2017, a las 10:25 horas, en la Sala de Audiencia de este Juzgado que se sustanciará por las reglas del procedimiento de Procedimiento Ordinario.
  
  Cítese a las partes para dicho acto, dando traslado a la parte demandada de copia de la demanda y de los documentos acompañados, así como del de subsanación.
  
  Consúltense los registros oportunos de la base de datos informática de la oficina judicial si fuera necesario para la localización de las partes.
  
  ADVIÉRTASE A LAS PARTES
  
  1.- Que deben concurrir a juicio con todos los medios de prueba de que intenten valerse.
  
  2.- Que si el demandante citado en forma no comparece, ni alega justa causa que se lo impida, se le tendrá por desistido de la demanda.
  
  3.- Que la incomparecencia injustificada del demandado, citado en forma no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía.
  
  MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de TRES días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (art. 186.1 L.J.S.).
  
  Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.
  
  EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
  D./Dña. MARTA MENARGUEZ SALOMON
  
  La persona citada puede examinar los autos en la Secretaría del Juzgado hasta el día de la celebración del juicio.
  En Madrid, a 23 de enero de 2017..La letrada de la Administración de Justicia, Marta Menárguez Salomón.
  (03/3.267/17)</texto>
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