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    <titulo>– Talamanca de Jarama. Régimen económico. Ordenanza fiscal venta ambulante y rodaje cinematofráfico</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Talamanca del Jarama</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE TALAMANCA DE JARAMA 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
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 Talamanca de Jarama. Régimen económico. Ordenanza fiscal venta ambulante y rodaje cinematofráfico 
  El Pleno del Ayuntamiento de Talamanca de Jarama, en sesión ordinaria celebrada el día 26 de enero de 2017, acordó la aprobación provisional de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por venta ambulante y rodaje cinematográfico.
  Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
  Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.
  En Talamanca de Jarama, a 31 de enero de 2017..El alcalde, Juan Manuel García Sacristán.
  (03/4.538/17)</texto>
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