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    <titulo>Madrid número 50. Procedimiento 182 de 2016, notificación a ignorados herederos de Juana Esther Manzaneque Nieto</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 50</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 50 
 
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 Madrid número 50. Procedimiento 182 de 2016, notificación a ignorados herederos de Juana Esther Manzaneque Nieto 
  EDICTO
  Doña Inmaculada Rejas de Francisco, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 50.
  Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 182 de 2016, instados por el procurador don Pablo Hornado Muguiro, en nombre y representación de don Antonio Manzaneque Heredero, contra ignorados herederos de doña Juana Esther Manzaneque Nieto, en los que se ha dictado en fecha 13 de enero de 2017 sentencia, cuyo fallo es el siguiente:
  Sentencia número 5 de 2017
  Juez/magistrada-juez: doña María del Rosario Campesino Temprano.
  Lugar: Madrid.
  Fecha: 13 de enero de 2017.
  Vistos por doña María del Rosario Campesino Temprano, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 50 de Madrid, los presentes autos de procedimiento ordinario número 182 de 2016, seguidos ante este Juzgado a instancias de don Antonio Manzaneque Heredero, representado por el procurador don Pablo Hornedo Muguiro, frente a los ignorados herederos de doña Juana Esther Manzaneque Nieto, debo declarar y declaro que la parte actora ha adquirido por prescripción adquisitiva la propiedad del inmueble sito en calle Topacio, número 21, bajo, de Madrid,  inscrita en el Registro de la Propiedad de Madrid número 41, con el número 6957, en el tomo 47, folio 4, debiendo cada parte abonar las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad.
  Así, por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo..La magistrada-juez.
  Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros en la cuenta 2544-0000-04-0182-16 de este órgano.
  Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo beneficiario Juzgado de primera instancia número 50 de Madrid, y en el campo observaciones o concepto se consignarán los siguientes dígitos: 2544-0000-04-0182-16.
  Asimismo, deberá aportar justificante del pago de la tasa prevista en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.
  En atención al desconocimiento del actual domicilio de los ignorados herederos de doña Juana Esther Manzaneque Nieto, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.
  En Madrid, a 17 de enero de 2017..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
  (02/4.574/17)</texto>
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