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    <identificador>BOCM-20170227-57</identificador>
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    <fecha_publicacion>2017/02/27</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 56. Procedimiento 1.261 de 2011, notificación a Helington José Cuevas García</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>49</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 56</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 56 
 
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 Madrid número 56. Procedimiento 1.261 de 2011, notificación a Helington José Cuevas García 
  EDICTO
  En este Juzgado se siguen autos de procedimiento de juicio verbal (250.2) número 1.261 de 2011 entre la comunidad de propietarios de la calle Monte Perdido, número 41, y doña Aída María García Matos y don Helington José Cuevas García, en reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia, que copiada en su encabezamiento y fallo es el siguiente:
  Sentencia
  En Madrid, a 19 de febrero de 2013..La magistrada-juez, doña Ana Cristina Lledó Fernández, del Juzgado de primera instancia número 56 de Madrid, habiendo visto los presentes autos de juicio verbal número 1.261 de 2011, seguidos ante este Juzgado entre partes: de una, como demandante, la comunidad de propietarios de la calle Monte Perdido, número 41, de Madrid, representada por la procuradora doña María Natalia Martín de Vidales, y de otra, como demandados, don Helington José Cuevas García y doña Aída María García Matos, sobre juicio verbal, y visto el siguiente
  Fallo
  Que estimando la demanda interpuesta por la procuradora doña Natalia Martín de Vidales Llorente, en nombre y representación de la comunidad de propietarios de la calle Monte Perdido, número 41, de Madrid, contra don Helington José Cuevas García y doña Aída María García Matos, debo condenar y condeno solidariamente a los reseñados demandados a que abonen a aquella la cantidad de 961,78 euros, la cual devengará el interés legal correspondiente desde la fecha de presentación de la demanda e incrementado en 2 puntos desde la presente resolución hasta su total pago, con expresa imposición de todas las costas causadas en el presente juicio a la parte demandada.
  Contra esta resolución cabe recurso de conformidad con lo dispuesto en el artículo 455.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
  Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
  Y para que sirva de notificación de la sentencia dictada el 19 de febrero de 2013 en el presente procedimiento a don Helington José Cuevas García, en ignorado paradero, expido y firmo la presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en Madrid, a 28 de septiembre de 2016..El letrado de la Administración de Justicia (firmado).
  (02/4.940/17)</texto>
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