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    <titulo>Madrid número 3. Procedimiento 654 de 2012, notificación a Ana Sofía y otros</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 3</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 3 
 
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 Madrid número 3. Procedimiento 654 de 2012, notificación a Ana Sofía y otros 
  EDICTO
  En este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario entre don Pedro Manuel González López y don Gonzalo Camilo, don Enrique, don Asdrúbal, doña María Esther, doña Raquel y doña Ana Sofía Casares García, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:
  Sentencia número 158 de 2016
  En Madrid a 27 de abril de 2016..Don Rafael Fluiters Casado, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 3 de esta ciudad, vistos los autos de juicio ordinario sobre reclamación de cantidad, tramitados con el número 654 de 2012 y seguidos a instancias de don Pedro Manuel González López contra don Gonzalo Camilo Casares García, don Enrique Casares García, doña María Esther Casares García, don Asdrúbal Casares García, doña Raquel Casares García y doña Ana Sofía Casares García.
  Fallo
  Estimo en parte la demanda formulada por la procuradora doña Paloma Prieto González, en nombre y representación de don Pedro Manuel González López, contra don Gonzalo Camilo Casares García, don Enrique Casares García, doña María Esther Casares García, don Asdrúbal Casares García, doña Raquel Casares García y doña Ana Sofía Casares García, y en su virtud condeno solidariamente a los demandados a pagar al actor la cantidad de 2.274,08 euros, con más sus intereses legales de demora procesal y sin hacer imposición de costas, debiendo cada parte abonar las causadas a su instancia y las comunes, entre las que se debe contar en su caso el coste del dictamen del ICAM, por mitad. Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer, en el término de veinte días, recurso de apelación ante este Tribunal para su resolución por la Audiencia Provincial de Madrid, justificando al hacerlo haber depositado la suma de 50,00 euros en la cuenta de consignaciones del Juzgado.
  Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en esta primera instancia, la pronuncio, mando y firmo.
  En atención al desconocimiento del actual domicilio de las demandadas doña Ana Sofía y doña Raquel Casares García, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edictos en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  El letrado de la Administración de Justicia (firmado).
  (02/5.751/17)</texto>
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