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    <identificador>BOCM-20170317-179</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24</departamento>
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    <titulo>Madrid número 24. Ejecución 44 de 2017, notificación a Copal Obras y Construcciones, S. L.</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>65</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24 
 
 179 
 Madrid número 24. Ejecución 44 de 2017, notificación a Copal Obras y Construcciones, S. L. 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Dña. MARTA MENARGUEZ SALOMON LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 24 de Madrid, HAGO SABER:
  Que en el procedimiento 44/2017 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. CESAR FERNANDEZ DEL VILLAR frente a COPAL OBRAS Y CONSTRUCCIONES SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:
  
  “PARTE DISPOSITIVA
  
  Acuerdo despachar orden general de ejecución del título indicado a favor de ejecutante Don CESAR FERNANDEZ DEL VILLAR frente a COPAL OBRAS Y CONSTRUCCIONES SL.
  
  Notifíquese esta resolución a las partes.
  
  Así, por este su auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Juez del Juzgado de lo Social número 24 de Madrid, Doña SONIA LOPEZ RAMALLO, de lo que Doy fe”.
  
  Y
  
  “En Madrid, a veintisiete de febrero de dos mil diecisiete
  
  Se tiene por solicitada la ejecución de la obligación de readmitir impuesta, en sentencia de fecha 20/10/2016, a la empresa COPAL OBRAS Y CONSTRUCCIONES SL en favor del/de los demandante/s DON CESAR FERNANDEZ DEL VILLAR y, previo a su resolución, se acuerda oír a las partes en comparecencia, que se celebrará en este Juzgado de lo Social, sito en C/ Princesa, 3, Planta 8 - 28008, el día 03/04/2017, a las 09:30 horas, que solo versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión. Cíteselas en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada), se la tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado), el acto se celebrará sin su presencia.
  Sirviendo la notificación de esta resolución como citación en legal forma”.
  
  Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a COPAL OBRAS Y CONSTRUCCIONES SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
  
  Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
  
  En Madrid, a veintisiete de febrero de dos mil diecisiete.
  
  EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
  (03/8.096/17)</texto>
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