<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20170317-94</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 3</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2017/03/17</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Leganés número 3. Procedimiento 842 de 2015, notificación a Mercy Akiedo</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>10</pagina_inicial>
    <pagina_final>10</pagina_final>
    <diario_numero>65</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://bocm.es/2017-03-17-65090320170102</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2017/03/17/BOCM-20170317-94.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2017/03/17/BOCM-20170317-94.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2017/03/17/BOCM-20170317-94.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2017/03/17/BOCM-20170317-94.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 3</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 3 
 
 94 
 Leganés número 3. Procedimiento 842 de 2015, notificación a Mercy Akiedo 
  EDICTO
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N° 3 DE LEGANÉS.
  D./Dña. MARIA JOSE MORALEJA LEON, Letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de la Instancia num. 3, da fe, que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento Familia. Guarda, Custodia o Alimentos de hijos menores no matrimoniales no consensuados num. 842/2015 instados por Procurador D./Dña. MARIA ROSA GUTIERREZ RAMIREZ en nombre y representación de D./Dña. SIMON PETER UBECHU contra D./Dña. MERCY AKIEDO en el que ha recaido en fecha 10.05.2016 sentencia, cuyo fallo es el siguiente:
  ESTIMANDO la demanda interpuesta por DON SIMON PETER UBECHU representado por la Procuradora Sra. ROSA GUTIÉRREZ y bajo la dirección técnica del Letrado Sr. PAJARES MADRID, contra DOÑA MERCY AKIEDO, en situación de rebeldía procesal, siendo parte el Ministerio Fiscal, se atribuye al padre DON SIMON PETER UBECHU la guarda y custodia del hijo menor de edad WISDOM UBECHU, atribuyendo al padre DON SIMON PETER UBECHU y en exclusiva el ejercicio de la potestad sobre su hijo menor WISDOM UBECHU, sin que proceda fijar régimen de visitas ni de vacaciones, abonando el padre los gastos propios de alimentos del menor.
  En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D./Dña. MERCY AKIEDO y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial de la COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios de este juzgado.
  El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.
  En Leganés, a 26 de enero de 2017
  EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
  (03/7.171/17)</texto>
</documento>