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    <identificador>BOCM-20170323-137</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 9</departamento>
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    <fecha_publicacion>2017/03/23</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 9. Ejecución 32 de 2017, notificación a Marpraco Negocios, S. L.</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>70</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 9 
 
 137 
 Madrid número 9. Ejecución 32 de 2017, notificación a Marpraco Negocios, S. L. 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Dña. MARÍA DEL CARMEN MARTÍN GARCÍA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 09 de Madrid, HAGO SABER:
  
  Que en el procedimiento 32/2017 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D. JUAN MANUEL GOMEZ BELTRAN frente a MARPRACO NEGOCIOS SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:
  
  AUTO
  
  En Madrid, a uno de marzo de dos mil diecisiete.
  
  PARTE DISPOSITIVA
  
  En atención a lo dispuesto, SE ACUERDA:
  
  Despachar orden general de ejecución de sentencia de fecha 08-06-2016 a favor de la parte ejecutante, D. JUAN MANUEL GOMEZ BELTRAN, frente a la demandada MARPRACO NEGOCIOS SL, parte ejecutada, por un principal de 3.972’80 euros, más 397’28 euros y 397’28 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.
  
  Notifíquese la presente resolución a las partes.
  
  MODO DE IMPUGNACION.- Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los requisitos procesales exigidos, pudiendo la parte demandada deducir oposición a la ejecución en los términos previstos en el art. 239.4 de la L.J.S., y pudiendo alegarse en el caso del procedimiento monitorio la falta de notificación del requerimiento (art. 101.c L.J.S.), oposición para la que tiene el plazo de DIEZ días hábiles a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte (art. 239.4 de la L.R.S.); debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en el BANCO SANTANDER 2507-0000-64-0032-17.
  
  Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado - Juez
  
  D./Dña. JOSE MARIA REYERO SAHELICES.
  EL MAGISTRADO-JUEZ
  
  Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a MARPRACO NEGOCIOS SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.
  
  Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
  
  En Madrid, a uno de marzo de dos mil diecisiete.
  
  EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
  (03/7.606/17)</texto>
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