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    <identificador>BOCM-20170405-163</identificador>
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    <fecha_publicacion>2017/04/05</fecha_publicacion>
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    <titulo>Cádiz número 1. Procedimiento 284 de 2015, notificación a Servicios Avanzados de Limpieza, S. A.</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>81</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE CÁDIZ NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE CÁDIZ NÚMERO 1 
 
 163 
 Cádiz número 1. Procedimiento 284 de 2015, notificación a Servicios Avanzados de Limpieza, S. A. 
  EDICTO
  EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 1 DE CADIZ.
  
  HACE SABER: Que en este Juzgado, se sigue el procedimiento núm. 284/2015, sobre Procedimiento Ordinario, a instancia de MARIA DE LA PAZ PORTO CORNEJO contra LIMPIEZAS EL SOL SL y SERVICIOS AVANZADOS DE LIMPIEZA SA, en la que con fecha 13/03/17 se ha dictado Sentencia cuyo Fallo es del tenor literal siguiente:
  
  “Estimar la demanda interpuesta por Dña. MARÍA DE LA PAZ PORTO CORNEJO frente a SERVICIOS AVANZADOS DE LIMPIEZA, S.A., debiendo condenar a ésta última a abonar a la actora la cantidad de 1.909,95 euros, cantidad que devengará el interés de demora calculado al 10%, debiendo absolverse a la empresa LIMPIEZAS EL SOL, S.L. de las pretensiones ejercitadas frente a la misma.
  No ha lugar a la condena en las costas de este procedimiento.
  Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso.
  Así, por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.”
  
  Y para que sirva de notificación en forma a SERVICIOS AVANZADOS DE LIMPIEZA SA, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la provincia de MADRID, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.
  
  En CADIZ, a catorce de marzo de dos mil diecisiete.
  
  EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
  (03/9.321/17)</texto>
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