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    <titulo>Parla número 1. Procedimiento 1.289 de 2015, notificación a Ping Wan</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE PARLA NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE PARLA NÚMERO 1 
 
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 Parla número 1. Procedimiento 1.289 de 2015, notificación a Ping Wan 
  EDICTO
  Don David López Ribagorda, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia e instrucción número 1 de Parla.
  Hace saber: Que en fecha 28 de junio de 2016 se ha dictado en este procedimiento sentencia número 101 de 2016, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  Fallo
  Se estima íntegramente la demanda interpuesta por el procurador de los Tribunales señor González Pomares, en nombre y representación de don Modesto Gutiérrez Gutiérrez, actuando en defensa de la comunidad de bienes “herederos de Gutiérrez Cerrillo”, frente a doña Ping Wan; declaro haber lugar parcialmente a la misma y, en su virtud, condeno a la demandada a abonar a la comunidad de bienes actora la cantidad de 8.537,77 euros, más intereses legales.
  Todo ello, con expresa imposición de costas a la parte demandada.
  La presente sentencia no es firme, contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, a interponer en el plazo de veinte días desde su notificación ante el órgano que la dictó (artículos 455 y 458 de la Ley de Enjuiciamiento Civil), previa justificación de la consignación en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado de las cantidades legalmente establecidas, bajo apercibimiento de inadmisión a trámite del recurso interpuesto.
  Así por esta mi sentencia, definitivamente lo pronuncio, mando y firmo..La magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 1 de Parla y su partido, doña Carmen María Zamarra Álvarez.
  En virtud de lo acordado en los autos número 101 de 2016, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, por el presente se procede a efectuar la notificación de la misma a doña Ping Wan.
  En Parla, a 10 de marzo de 2017..El letrado de la Administración de Justicia (firmado).
  (02/10.367/17)</texto>
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