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    <identificador>BOCM-20170406-129</identificador>
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    <fecha_publicacion>2017/04/06</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 20. Ejecución 48 de 2017, notificación a Seguridad Empresarial Navarra, S. L.</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>82</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 20 
 
 129 
 Madrid número 20. Ejecución 48 de 2017, notificación a Seguridad Empresarial Navarra, S. L. 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  D./Dña. LUCÍA BELTRÁN FERNÁNDEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social n° 20 de Madrid, HAGO SABER:
  Que en el procedimiento 48/2017 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. ALBERTO BADENES GUTIERREZ frente a SEGURIDAD EMPRESARIAL NAVARRA SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:
  
  PARTE DISPOSITIVA
  
  No ha lugar a despachar la ejecución, por encontrarse la entidad ejecutada SEGURIDAD EMPRESARIAL NAVARRA SL en situación de concurso de acreedores. Hágase entrega a la parte actora de copia sellada de la demanda y testimonio de sentencia recaída en este procedimiento, así como de la presente resolución, y archívense las actuaciones previas baja en el Libro correspondiente.
  MODO DE IMPUGNACION: mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad BANCO DE SANTANDER número de cuenta 2518-0000-64-0048-17.
  
  Así, por este su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado - Juez.
  
  Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a SEGURIDAD EMPRESARIAL NAVARRA SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.
  Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
  
  En Madrid, a veintiuno de febrero de dos mil diecisiete.
  
  EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
  (03/9.779/17)</texto>
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