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    <identificador>BOCM-20170406-136</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 23</departamento>
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    <fecha_publicacion>2017/04/06</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 23. Ejecución 121 de 2012, notificación a Interlaken 2003, S. L. y otros</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>82</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 23 
 
 136 
 Madrid número 23. Ejecución 121 de 2012, notificación a Interlaken 2003, S. L. y otros 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  D./Dña. ROSA MARIA LOZANO BLANCO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social n° 23 de Madrid, HAGO SABER:
  
  Que en el procedimiento 121/2012 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. PABLO LUIS GOMEZ RODRIGUEZ frente a FERGO AISA SA, INTERBARAJAS 2004 SL y INTERLAKEN 2003 SL sobre Ejecución Forzosa del Laudo Arbitral se ha dictado la siguiente resolución:
  
  Que en fechas 03/06/2015, 02/09/2015, 15/11/2016 y 25/02/2017 se han dictado resoluciones, que está a disposición de los demandados FERGO AISA SA, INTERBARAJAS 2004 SL y INTERLAKEN 2003 SL, en la Secretaría de este Juzgado, contra la cual cabe recurso de reposición en el plazo de tres días.
  Este edicto se publica en cumplimiento de la instrucción 6/12 de la Secretaría General de la Administración de Justicia.
  En Madrid, a 10 de marzo de 2017. Firmado.
  
  Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a INTERLAKEN 2003 SL, INTERBARAJAS 2004 SL y FERGO AISA SA, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
  Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
  
  En Madrid, a diez de marzo de dos mil diecisiete.
  
  EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN DE JUSTICIA
  (03/9.791/17)</texto>
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