<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20170421-75</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>SAN AGUSTÍN DEL GUADALIX</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2017/04/21</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– San Agustín del Guadalix. Organización y funcionamiento. Ordenanza tenencia y protección animales compañía</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>7</pagina_inicial>
    <pagina_final>7</pagina_final>
    <diario_numero>94</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://bocm.es/2017-04-21-94120420170163</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2017/04/21/BOCM-20170421-75.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2017/04/21/BOCM-20170421-75.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2017/04/21/BOCM-20170421-75.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2017/04/21/BOCM-20170421-75.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>SAN AGUSTÍN DEL GUADALIX</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE SAN AGUSTÍN DEL GUADALIX 
 ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
 
 75 
 San Agustín del Guadalix. Organización y funcionamiento. Ordenanza tenencia y protección animales compañía 
  En sesión celebrada con fecha 30 de marzo de 2013, el Pleno del Ayuntamiento adoptó acuerdo de aprobación provisional de la ordenanza reguladora de “tenencia y protección de animales de compañía en el término municipal de San Agustín del Guadalix”.
  Dicho acuerdo se expone al público en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento durante treinta días, contados a partir de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, dentro de los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas, conforme dispone el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local. Si no fuere presentada reclamación o alegación alguna, este acuerdo de aprobación provisional será considerado definitivo.
  San Agustín del Guadalix, a 6 de abril de 2017..El alcalde, Juan Francisco Figueroa Collado.
  (03/12.406/17)</texto>
</documento>