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    <fecha_publicacion>2017/04/26</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 6. Procedimiento 191 de 2015, notificación a Juan Manuel Alcalde Mena</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 6 
 
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 Madrid número 6. Procedimiento 191 de 2015, notificación a Juan Manuel Alcalde Mena 
  EDICTO
  En este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 191 de 2015 entre “Volkswagen Finance, Sociedad Anónima, Establecimiento Financiero de Crédito” y don Juan Manuel Alcalde Mena, en reclamación de cantidad, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:
  Sentencia número 40 de 2017
  Magistrada-juez: ilustrísima señora doña Mónica Guerrero Fraile.
  Lugar: Madrid.
  Fecha: 7 de febrero de 2017.
  Vistos por la ilustrísima señora doña Mónica Guerrero Fraile, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 6 de Madrid, los presentes autos de procedimiento ordinario, registrados con el número 191 de 2015, promovidos a instancias del procurador don Antonio Barreiro-Meiro Barbero, en nombre y representación de “Volkswagen Finance, Sociedad Anónima, Establecimiento Financiero de Crédito”, asistida del letrado don José Luis Pérez Ortiz, frente a don Juan Manuel Alcalde Mena, en rebeldía, es precedente dictar la presente sentencia en base a los siguientes:
  Fallo
  Que estimando parcialmente la demanda presentada por “Volkswagen Finance, Sociedad Anónima, Establecimiento Financiero de Crédito”, contra don Juan Manuel Alcalde Mena, procede la condena del demandado a abonar a la actora la cantidad de 13.457,85 euros, más los intereses legales desde la fecha de interposición de la demanda (12 de febrero de 2015), declarando la nulidad por abusividad de la cláusula sexta del contrato de préstamo de financiación a comprador de bienes muebles número 132/358, de 25 de junio de 2010, sobre el vehículo “Volkswagen” Golf, matrícula 7044-GXL, respecto de los intereses de demora y comisiones por devolución de recibos.
  No se imponen las costas derivadas de esta instancia.
  Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros, en la cuenta 2434-0000-04-0191-15 de este órgano.
  Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo “Beneficiario” Juzgado de primera instancia número 6 de Madrid, y en el campo “Observaciones o concepto” se consignarán los siguientes dígitos 2434-0000-04-0191-15.
  Asimismo, deberá aportar justificante del pago de la tasa prevista en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se Regulan Determinadas Tasas en el Ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.
  Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo..La magistrada-juez (firmado).
  Y para que sirva de notificación a don Juan Manuel Alcalde Mena, expido y firmo la presente.
  En Madrid, a 6 de abril de 2017..El letrado de la Administración de Justicia (firmado).
  (02/12.927/17)</texto>
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