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    <identificador>BOCM-20170510-19</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio</departamento>
    <rango>EXTRACTO</rango>
    <fecha_publicacion>2017/05/10</fecha_publicacion>
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    <titulo>Extracto convocatoria subvenciones
– Extracto de la Orden 846/2017, de 18 de abril, del Consejero de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación de Territorio, por la que se convocan para el año 2017 las subvenciones dirigidas a Ayuntamientos destinadas a financiar las inversiones necesarias para la prestación de los servicios de competencia municipal</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>110</diario_numero>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
    <apartado>C) Otras Disposiciones</apartado>
    <organismo>CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, ADMINISTRACIÓN LOCAL Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO</organismo>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID 
  C) Otras Disposiciones 
  CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, ADMINISTRACIÓN LOCAL Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO 
 
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 EXTRACTO de la Orden 846/2017, de 18 de abril, del Consejero de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación de Territorio, por la que se convocan para el año 2017 las subvenciones dirigidas a Ayuntamientos destinadas a financiar las inversiones necesarias para la prestación de los servicios de competencia municipal. 
  BDNS (Identif.): 345253
  De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el Extracto de la Convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la BDNS.
  Primero
  Beneficiarios
  Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los municipios de la Comunidad de Madrid que a 1 de enero de 2016 tengan una población oficial inferior a 5.000 habitantes según la correspondiente certificación expedida por el Instituto Nacional de Estadística (INE) y que no se encuentren incursos en las causas de prohibición para obtener la condición de beneficiarios establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  Segundo
  Objeto
  Financiar a los municipios de la Comunidad de Madrid los gastos de inversión que resulten necesarios para la gestión municipal que no hayan sido incluidos en la planificación plurianual de inversiones aprobada por la Comunidad de Madrid.
  Tercero
  Bases reguladoras
  La presente convocatoria se regula por las bases reguladoras aprobadas por la Orden 1058/2016, de 10 de junio de 2016 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 152, de 28 de junio de 2016).
  Cuarto
  Cuantía
  La cantidad máxima que se podrá conceder a cada municipio es de 49.000,00 euros.
  La cuantía de las subvenciones convocadas asciende a 2.437.000,00 euros, consignados en el Subconcepto 76309 del Programa 942N de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el ejercicio 2017.
  Quinto
  Plazo de presentación de solicitudes
  Un mes desde el día siguiente a la publicación de este extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  Madrid, a 18 de abril de 2017.
  		El Consejero de Medio Ambiente, Administración Local 		y Ordenación del Territorio, 		JAIME GONZÁLEZ TABOADA
  (03/15.293/17)</texto>
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