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    <identificador>BOCM-20170511-67</identificador>
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    <titulo>Móstoles número 3. Procedimiento 1.109 de 2015, notificación a Josefa Adriana Mangas</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MÓSTOLES NÚMERO 3</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MÓSTOLES NÚMERO 3 
 
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 Móstoles número 3. Procedimiento 1.109 de 2015, notificación a Josefa Adriana Mangas 
  EDICTO
  En este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 1.109 de 2015, entre doña Josefa Adriana Mangas, en calidad de parte demandante, representada por el procurador don Francisco Franco González; doña Ana María Lozano García y don Jesús Díaz Cano Gómez, en calidad de demandados, en cuyos autos se ha dictado la sentencia cuyo encabezamiento y fallo son del siguiente tenor:
  Sentencia número 328 de 2016
  El ilustrísimo señor don Francisco José López Ortega, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 3 de Móstoles, ha visto los presentes autos de juicio ordinario seguidos con el número 1.109 de 2015 a instancias de doña Josefa Adriana Mangas, don Adrián Fernández Mangas, Don Alejandro Fernández Mangas y don David Fernández Mangas, representados por el procurador don Francisco Franco González y asistidos por la letrada doña Mercedes Gutiérrez Suárez, contra don Jesús Díaz Cano, en rebeldía en esta causa y contra doña Ana María Lozano García, representada por la procuradora doña Inmaculada Plaza Villa y asistida por el letrado don Francisco Javier Fernández del Vallado García Agulló.
  Fallo
  Que, estimando la demanda formulada por el procurador don Francisco Franco González, en nombre y representación de doña Josefa Adriana Mangas, don Adrián Fernández Mangas, don Alejandro Fernández Mangas y don David Fernández Mangas, contra don Jesús Díaz Cano, en rebeldía en esta causa y contra doña Ana María Lozano García:
  1)  Declaro la titularidad dominical de la finca relacionada en el fundamento jurídico primero de esta sentencia, finca registral número 73192 del Registro de la Propiedad número 4 de Móstoles, por doña Josefa Adriana Mangas por título de compraventa en cuanto a una mitad indivisa (50 por 100) de la misma, en pleno dominio, correspondiéndole en usufructo otro 16,6666 por 100 de la misma, este último por título de herencia respecto del causante don Francisco José Fernández Romero.
  2)  Declaro la titularidad dominical de la finca relacionada en el fundamento jurídico primero de esta sentencia, finca registral número 73192, del Registro de la Propiedad número 4 de Móstoles, por don Adrián Fernández Mangas, don Alejandro Fernández Mangas y don David Fernández Mangas, por título de herencia respecto del causante don Francisco José Fernández Romero de acuerdo con los siguientes porcentajes de titularidad: don Alejandro Fernández Mangas, el 5,5556 por 100 en nuda propiedad y el 11,1111 por 100 en pleno dominio; don David Fernández Mangas el 5,5556 por 100 en nuda propiedad y el 11,1111 por 100 en pleno dominio; don Adrián Fernández Mangas el 5,5556 por 100 en nuda propiedad y el 11,1111 por 100 en pleno dominio.
  3)  Condeno a los demandados, titulares registrales del inmueble, a estar y pasar por la anterior declaración.
  4)  Ordeno la inscripción del dominio en el Registro de la Propiedad número 4 de Móstoles a favor de los demandantes en los porcentajes anteriormente especificados.
  5)  Se hace imposición a don Jesús Díaz Cano Gómez de las costas causadas a la parte actora.
  Esta sentencia no es firme y contra la misma podrá interponerse, en este Juzgado, recurso de apelación en el plazo de los veinte días siguientes a su notificación para su resolución por la Audiencia Provincial de Madrid.
  Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
  Se significa que la publicación ha sido interesada por doña Josefa Adriana Mangas, en calidad de parte demandante, acordándose la publicación a su costa.
  En Móstoles, a 7 de diciembre de 2016..El letrado de la Administración de Justicia (firmado).
  (02/8.301/17)</texto>
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