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    <identificador>BOCM-20170511-82</identificador>
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    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 5</departamento>
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    <titulo>Madrid número 5. Ejecución 29 de 2017, notificación a Sessions Since 1988, S. L.</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>111</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 5</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 5 
 
 82 
 Madrid número 5. Ejecución 29 de 2017, notificación a Sessions Since 1988, S. L. 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  D./Dña. MARIA JOSÉ VILLAGRAN MORIANA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 05 de Madrid, HAGO SABER:
  Que en el procedimiento 29/2017 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. DANIEL DEL ALAMO RODRIGUEZ frente a FONDO DE GARANTIA SALARIAL (FOGASA) y SESSIONS SINCE 1988 S.L. sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:
  
  AUTO
  
  En Madrid a diez de abril de dos mil diecisiete.
  
  PARTE DISPOSITIVA
  
  ACUERDO: EXTINGUIR con esta fecha la relación laboral que unía a las partes condenado a la empresa a que abone al trabajador 7.072,31 euros en concepto de indemnización y 5.958,53 euros por los salarios de tramitación 
  Notifíquese la presente resolución a las partes con la advertencia de que contra la misma CABE RECURSO DE REPOSICIÓN EN EL PLAZO DE TRES DÍAS.
  Notifíquese así mismo al SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL a los efectos oportunos.
  
  Así por este mi auto, lo pronuncio, mando y firmo.
  
  D./Dña. ANGELA MOSTAJO VEIGA.
  EL MAGISTRADO-JUEZ
  
  Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a SESSIONS SINCE 1988 S.L. , en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.
  
  Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
  
  En Madrid , a diez de abril de dos mil diecisiete .
  
  EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
  (03/13.653/17)</texto>
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