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    <identificador>BOCM-20170602-40</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>Consejería de Educación, Juventud y Deporte</departamento>
    <rango>ORDEN</rango>
    <fecha_publicacion>2017/06/02</fecha_publicacion>
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    <titulo>Convocatoria premios
– Orden 1625/2017, de 10 de mayo, del Consejero de Educación, Juventud y Deporte, por la que se modifica la Orden 2560/2009, de 29 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de los premios “Dolores Escribano”, dirigidos a alumnos que cursan enseñanzas de dibujo en los Institutos de Educación Secundaria “Ramiro de Maeztu” y “Cardenal Cisneros”, de Madrid, y se convocan para el curso 2008-2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>130</diario_numero>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
    <apartado>C) Otras Disposiciones</apartado>
    <organismo>CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE</organismo>
    <tipo_disposicion>ORDEN</tipo_disposicion>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID 
  C) Otras Disposiciones 
  CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE 
 
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 ORDEN 1625/2017, de 10 de mayo, del Consejero de Educación, Juventud y Deporte, por la que se modifica la Orden 2560/2009, de 29 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de los premios “Dolores Escribano”, dirigidos a alumnos que cursan enseñanzas de dibujo en los Institutos de Educación Secundaria “Ramiro de Maeztu” y “Cardenal Cisneros”, de Madrid, y se convocan para el curso 2008-2009. 
  Mediante Orden 2560/2009, de 29 de mayo, de la Consejera de Educación, se establecieron las bases reguladoras para la concesión de los premios “Dolores Escribano”, dirigidos a alumnos que cursan enseñanzas de dibujo en los Institutos de Educación Secundaria “Ramiro de Maeztu” y “Cardenal Cisneros”, de Madrid, y se convocaron para el curso 2008-2009.
  La Orden 2560/2009, de 29 de mayo, fue modificada por Orden 1185/2016, de 15 de abril, del Consejero de Educación, Juventud y Deporte, por la que se modificaban diversas bases reguladoras de subvenciones sujetas a la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para su adaptación a la Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de Racionalización del Sector Público y otras medidas de reforma administrativa.
  Dicha norma prevé que el procedimiento de concesión de los premios se iniciará mediante convocatoria aprobada por el titular de la Consejería competente en materia de educación, habiéndose realizado ya 13 convocatorias.
  Tras la entrada en vigor del Acuerdo de 31 de octubre de 2016, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el código ético de los altos cargos de la Administración de la Comunidad de Madrid y de sus entes adscritos, es necesario proceder a la modificación parcial de la Orden por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de los premios para adaptarla a la nueva normativa administrativa.
  En su virtud, y haciendo uso de las facultades conferidas por el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y de conformidad con el artículo 1 del Decreto 100/2016, de 18 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte,
  DISPONGO
  Artículo único
  Modificación de la Orden 2560/2009, de 29 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de los premios “Dolores Escribano”, dirigidos a alumnos que cursan enseñanzas de dibujo en los Institutos de Educación Secundaria “Ramiro de Maeztu” y “Cardenal Cisneros”, de Madrid y se convocan para el curso 2008-2009
  La Orden 2560/2009, de 29 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de los premios “Dolores Escribano”, dirigidos a alumnos que cursan enseñanzas de dibujo en los Institutos de Educación Secundaria “Ramiro de Maeztu” y “Cardenal Cisneros”, de Madrid y se convocan para el curso 2008-2009, queda modificada como sigue:
  Uno.  El artículo 8 queda redactado en los siguientes términos:
  «Artículo 8
  Comisión seleccionadora
  Con la finalidad de valorar los trabajos presentados, se constituirá una comisión seleccionadora, integrada por seis miembros, incluido el Presidente, designados por el titular de la Dirección General competente en materia de Educación Secundaria. La presidencia recaerá en el Jefe de Área de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, el Secretario será designado entre el personal funcionario del Área de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato y los cuatro Vocales, entre el profesorado de Educación Secundaria que pertenezca a los Departamentos de Dibujo de los Institutos de Educación Secundaria “Ramiro de Maeztu” y “Cardenal Cisneros”, de Madrid.
  La determinación concreta de los miembros que integran la comisión seleccionadora será establecida en la correspondiente orden de convocatoria».
  DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA
  Entrada en vigor
  Esta Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  Madrid, a 10 de mayo de 2017.
  		El Consejero de Educación, Juventud y Deporte, 		RAFAEL VAN GRIEKEN SALVADOR
  (03/18.037/17)</texto>
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