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    <identificador>BOCM-20170605-193</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 37</departamento>
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    <fecha_publicacion>2017/06/05</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 37. Ejecución 84 de 2017, notificación a Instituto Médico Quirúrgico Aras, S. L., y otros</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>132</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 37 
 
 193 
 Madrid número 37. Ejecución 84 de 2017, notificación a Instituto Médico Quirúrgico Aras, S. L., y otros 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  D./Dña. MARIA TERESA ESTRADA BARRANCO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 37 de Madrid, HAGO SABER:
  
  Que en el procedimiento 84/2017 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. SARA MARTINEZ ALONSO frente a INSTITUTO MEDICO ARAS SL e INSTITUTO MEDICO QUIRURGICO ARAS SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:
  
  PARTE DISPOSITIVA
  
  Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante, D./Dña. SARA MARTINEZ ALONSO, frente a la demandadas INSTITUTO MEDICO QUIRURGICO ARAS SL e INSTITUTO MEDICO ARAS SL, partes ejecutadas, por un principal de 22731,08 EUROS por la ejecutada INSTITUTO MEDICO QUIRURGICO ARAS SL más intereses y costas 4546,37 euros y por la ejecutada INSTITUTO MEDICO ARAS la cantidad de principal de 611,87 euros más 122,37 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.
  
  Notifíquese la presente resolución a las partes.
  
  MODO DE IMPUGNACION.- Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el art. 239.4 LJS., debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la Entidad BANCO DE SANTANDER 2810-0000-64-0084-17.
  
  Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado - Juez
  
  D./Dña. MARÍA JOSÉ GARCÍA CASTAÑO.
  
  EL MAGISTRADO-JUEZ
  
  Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a INSTITUTO MEDICO QUIRURGICO ARAS SL e INSTITUTO MEDICO ARAS SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.
  
  Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
  
  En Madrid, a ocho de mayo de dos mil diecisiete.
  
  EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
  (03/16.617/17)</texto>
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