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    <identificador>BOCM-20170615-155</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <titulo>Madrid número 28. Procedimiento 1.092 de 2016, notificación a Gestión Integral de Hostelería y Restauracion, S. L.</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>141</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 28 
 
 155 
 Madrid número 28. Procedimiento 1.092 de 2016, notificación a Gestión Integral de Hostelería y Restauracion, S. L. 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  D./Dña. CRISTINA SEIVANE TERAN LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 28 de Madrid, HAGO SABER:
  Que en el procedimiento 1092/2016 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. JAMES WARRELL frente a GESTION INTEGRAL DE HOSTELERIA Y RESTAURACION SL y D./Dña. Gonzalo Perez Grijelmo sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente sentencia nº 165/2017 cuyo fallo es:
  
  FALLO
  
  Que estimo la pretensión de despido de D. James Warrell contra Gestión Integral de Hostelería y Restauración SL, lo declaro improcedente, tengo por realizada la opción de indemnización, extingo la relación laboral y condeno a la parte demandada a abonar a la parte actora la indemnización de 2.186’80 euros. Igualmente estimo la pretensión de cantidad y condeno a la parte demandada a abonar al actor 3.226’42 euros, así como el 10% anual en concepto de mora. Absuelvo al Fogasa, sin perjuicio de la plena vinculación de esta sentencia en el procedimiento administrativo al efecto, respecto a la responsabilidad subsidiaria que pudiera corresponderle de la deuda aquí reconocida. Absuelvo a la Administración Concursal, sin perjuicio de las responsabilidades que legalmente le correspondan en relación con las funciones de su cargo respecto a la deuda aquí reconocida.
  
  Notifíquese esta sentencia a las partes, a las que, de conformidad con el art. 97.4, se informa que no es firme y que pueden recurrirla en Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, advirtiéndoles que según su regulación el recurso se tramita en el juzgado y tiene dos fases. El anuncio, con los requisitos que se indican, y la interposición propiamente dicha, una vez tenga a su disposición el procedimiento.
  
  Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a GESTION INTEGRAL DE HOSTELERIA Y RESTAURACION SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.
  
  Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
  
  En Madrid, a veinticuatro de mayo de dos mil diecisiete.
  
  EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
  (03/18.049/17)</texto>
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