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    <identificador>BOCM-20170629-98</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 10</departamento>
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    <fecha_publicacion>2017/06/29</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 10. Procedimiento 713 de 2015, notificación a CEO Consultoría y Formación, S. A. y otros</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>153</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 10</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 10 
 
 98 
 Madrid número 10. Procedimiento 713 de 2015, notificación a CEO Consultoría y Formación, S. A. y otros 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Dña. ANA BELEN REQUENA NAVARRO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 10 de Madrid, HAGO SABER:
  
  Que en el procedimiento 713/2015 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de Dña. Mª ARANZAZU RODRIGUEZ ERAUNCETAMURGUIL frente a NUEVOS DESARROLLOS ECONOMICOS SL, EDITORA REGIONAL DE MEDIOS SL, EDITORA REGIONAL DE MEDIOS CASTILLA LA MANCHA SL, FOGASA, PRENSA UNIVERSAL SL, CEO CONSULTORIA Y FORMACION SA, DIARIO DE ALCALA RADIOTELEVISION SL y ARPINUM ASOCIADOS SL sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución :
  
   ACTA DE CONCILIACION
  
  En Madrid, a diecisiete de mayo de dos mil diecisiete.
  
  Iniciado el acto, se advierte a las partes de sus respectivos derechos y obligaciones, exhortándoles para que lleguen a un acuerdo amistoso que se obtiene en los siguientes términos:
  
  La trabajadora desiste de la acción dirigida frente a las demandadas EDITORA REGIONAL DE MEDIOS CASTILLA LA MANCHA SL, ARPINUM ASOCIADOS SL, CEO CONSULTORIA Y FORMACION SA, PRENSA UNIVERSAL SL, DIARIO DE ALCALA RADIOTELEVISION SL y NUEVOS DESARROLLOS ECONOMICOS.
  
  La empresa EDITORA REGIONAL DE MEDIOS SL ofrece a la trabajadora la cantidad de 10.767,27 euros netos por los conceptos de la demanda más concretamente por los relativos al punto 5.1 de la demanda referidos a salarios debidos por aplicación del Convenio de Prensa Diaria:
  
  Nómina de Junio de 2014, 1.341,12 euros netos
  Nómina de Julio de 2014, 3.142,05 euros netos
  Nómina de Agosto de 2014, 3.142,05 euros netos
  Nómina de Septiembre de 2014, 3.142,05 euros netos
  
  El pago se realizará en el plazo de 48 horas desde la presente en la cuenta corriente en la que la trabajadora venía percibiendo habitualmente sus haberes.
  
  La trabajadora acepta y manifiesta que con el percibo de dicha cantidad se dará por saldada y finiquitada en la relación laboral que unía a las partes, sin que haya nada más que reclamarse por ninguna de ellas por concepto alguno derivado de la relación laboral.
  
  S.Sª., el Letrado/a de la Admón. de Justicia, APRUEBA LA AVENENCIA alcanzada por las partes, dando por concluido el acto y procede a continuación a dictar el Decreto de aprobación, extendiéndose la presente acta que firman los asistentes de lo que doy fe.
  
  Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a CEO CONSULTORIA Y FORMACION SA, EDITORA REGIONAL DE MEDIOS CASTILLA LA MANCHA SL y PRENSA UNIVERSAL SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.
  
  Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
  
  En Madrid, a ocho de junio de dos mil diecisiete.
  
  EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
  (03/19.976/17)</texto>
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