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    <identificador>BOCM-20170706-23</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>MINISTERIO DE AGRICULTURA Y PESCA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE</departamento>
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    <fecha_publicacion>2017/07/06</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente. Confederación Hidrográfica del Tajo. Extinción aguas</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>159</diario_numero>
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  <analisis>
    <seccion>II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO</seccion>
    <organismo>MINISTERIO DE AGRICULTURA Y PESCA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE</organismo>
    <organismo>Confederación Hidrográfica del Tajo</organismo>
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  <texto>II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO 
  MINISTERIO DE AGRICULTURA Y PESCA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE 
 Confederación Hidrográfica del Tajo
 
 23 
 Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente. Confederación Hidrográfica del Tajo. Extinción aguas 
  Se hace público, de acuerdo con el artículo 163.3 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, que esta Confederación Hidrográfica del Tajo ha iniciado, de oficio, expediente de extinción de un aprovechamiento de aguas con las siguientes características:
  .	Titulares: doña María de los Ángeles del Campo Noriega, doña África Genoveva del Campo Noriega y doña María del Sol del Campo Noriega.
  .	Cauce: río Henares.
  .	Destino del aprovechamiento: riego por aspersión y fuerza motriz molino.
  .	Caudal máximo concedido (l/s): 31,77 l/s (para riego por aspersión) y 2.900 l/s (para fuerza motriz molino).
  .	Volumen máximo anual ( m3/ha): 6000.
  .	Superficie regable (ha): 52,95.
  .	Potencia instalada (Kw): 24,90 Kw (para riego por aspersión) y 42,64 Kw (para fuerza motriz).
  .	Salto bruto (m): 2.
  .	Lugar, término municipal y provincia: “La Isla y Las Entreaguas”, Alcalá de Henares (Madrid).
  .	Título del derecho: concesión de 26 de octubre de 1883 por Orden del Gobierno Civil. Transferencia de 8 de marzo de 1951, por Orden Ministerial. Transferencia provisional por resolución de la Confederación Hidrográfica del Tajo, de 16 de septiembre de 1996. Modificación de características y transferencia definitiva de la Confederación Hidrográfica del Tajo, de 29 de noviembre de 1999. Resolución de rectificación de error material, de 10 de marzo de 2003.
  .	Causa de extinción: la interrupción permanente de la explotación durante tres años consecutivos por causas imputables al titular, hecho constatado en el reconocimiento sobre el terreno efectuado por el personal técnico de este Organismo; y, en consecuencia, la variación de las características esenciales del aprovechamiento sin la preceptiva autorización administrativa, en concreto, el destino del aprovechamiento, al haber desaparecido el destino a fuerza motriz.
  .	Referencia del expediente: E-0022/2017.
  Lo que se comunica a los posibles titulares de derechos e intereses afectados, significándoles que en un plazo de veinte días, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, pueden comparecer por escrito tanto en las oficinas de este Organismo donde se halla el expediente, sitas en Madrid, avenida de Portugal, número 81, planta baja, despacho 026, con la referencia anteriormente indicada, previa cita en el teléfono 914 539 662, o en el “e-mail”: sreg.usuarios chtajo.es, como en el Ayuntamiento correspondiente, alegando cuantos extremos estimen pertinentes en defensa de sus legítimos derechos e intereses.
  Madrid, a 8 de junio de 2017..La jefa del Área de Régimen de Usuarios, Belén Rodríguez Díaz.
  (03/22.054/17)</texto>
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