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    <identificador>BOCM-20170713-131</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 37</departamento>
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    <fecha_publicacion>2017/07/13</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 37. Procedimiento 494 de 2016, notificación a Ilunion Limpiezas Medioambientales, S. A.</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>165</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 37 
 
 131 
 Madrid número 37. Procedimiento 494 de 2016, notificación a Ilunion Limpiezas Medioambientales, S. A. 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  D./Dña. MARIA TERESA ESTRADA BARRANCO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 37 de Madrid, HAGO SABER:
  Que en el procedimiento 494/2016 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. CESAR AUGUSTO SALAZAR VELARDE frente a ILUNION LIMPIEZAS MEDIOAMBIENTALES SA sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución :
  
  Que ESTIMANDO PARCIALMENTE LA DEMANDA interpuesta por DON CÉSAR AUGUSTO SALAZAR VELARDE frente a la empresa IUNION IMPIEZAS MEDIOAMBIENTALES, S.A., DEBO ABSOLVER Y ABSUELVO a la demandada de las pretensiones en su contra deducidas respecto a la adjudicación al actor de la plaza a que se refiere la demanda, Y CONDENO a la demandada a abonar al actor la cantidad de 171,52 euros en concepto de salario correspondiente a 3 días de Septiembre de 2015 más el 10% en concepto de interés de demora.
  
  Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a ILUNION LIMPIEZAS MEDIOAMBIENTALES SA, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.
  
  Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
  
  En Madrid, a veintidós de junio de dos mil diecisiete.
  
  EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
  (03/21.889/17)</texto>
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