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    <titulo>– Villamanrique de Tajo. Organización y funcionamiento. Ordenanza convivencia ciudadana</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Villamanrique de Tajo</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE VILLAMANRIQUE DE TAJO 
 ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
 
 76 
 Villamanrique de Tajo. Organización y funcionamiento. Ordenanza convivencia ciudadana 
  Aprobada inicialmente la ordenanza municipal reguladora de la convivencia urbana por acuerdo del Pleno de fecha 6 de julio de 2017, de conformidad con los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y 56 del texto refundido de Régimen Local, se somete a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para que pueda ser examinada y presentar las reclamaciones que se estimen oportunas.
  Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento (dirección https://www.villamanriquedetajo.es).
  En el caso de no presentarse reclamaciones en el citado plazo, se entenderá definitivamente aprobado el acuerdo de aprobación de la mencionada ordenanza.
  Villamanrique de Tajo, a 10 de julio de 2017..La alcaldesa-presidenta, Antonia Ayuso García.
  (03/24.138/17)</texto>
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