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    <fecha_publicacion>2017/08/08</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Becerril de la Sierra. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Becerril de la Sierra</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE BECERRIL DE LA SIERRA 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 35 
 Becerril de la Sierra. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones 
  De conformidad con lo establecido en los artículos 17.3 y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de subvenciones (http://pap.minhap.gob.es/bdntrans/es/index) se publica el extracto de la convocatoria de subvenciones del Ayuntamiento de Becerril de la Sierra de concesión de ayudas al estudio por desplazamientos de alumnos empadronados en la localidad para el curso 2015-2016, conforme al siguiente contenido:
  BDNS (Identif.): 358129
  1.  Beneficiarios: Los alumnos que cumplan los siguientes requisitos:
  1.o	Estar empadronados en la localidad ininterrumpidamente desde la fecha del comienzo del curso.
  2.o	No gozar de ayudas o subvenciones con finalidad similar, provenientes de otras Instituciones u Organismos Públicos, ni tener o disponer de transporte gratuito para el desplazamiento a la asistencia de las clases.
  3.o	No existir en la localidad centro público o privado que imparta los estudios o enseñanzas que se recibe.
  4.o	Que los estudios o enseñanzas que se reciban sean oficiales y reconocidos por la Comunidad de Madrid o el Ministerio de Educación, así como justificar documentalmente su matriculación en el centro correspondiente, mediante original o copia compulsada.
  5.o	Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  	Las cuantías máximas de las subvenciones que se aprueban son las siguientes:
  I.	Para ciclos de Grado Medio y Superior, Bachiller o equivalentes: 200,00 euros por alumno.
  II.	Para estudios universitarios o equivalentes: 400,00 euros por alumno.
  2.  Bases reguladoras: la convocatoria se regula por las bases aprobadas por la resolución de la Alcaldía 1092/2017, de 21 de junio, publicadas en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la página web del Ayuntamiento (www.becerrildelasierra.es).
  3.  Cuantía: el procedimiento se convoca en régimen de concurrencia competitiva. La concesión de las presentes subvenciones tiene carácter condicionado (condición suspensiva) a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el ejercicio presupuestario del año 2017 que supone el pago de las mismas, siendo la cuantía total máxima estimada de las subvenciones convocadas de 39.300,00 euros.
  4.  Plazo: el plazo de presentación de solicitudes es desde el 1 de agosto hasta el día 1 de septiembre de 2017 ambos incluidos.
  Becerril de la Sierra, a 1 de agosto de 2017..El alcalde, José Conesa López.
  (03/27.039/17)</texto>
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