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    <titulo>– Madrid. Urbanismo. Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible. Proyecto de expropiación 00.304 Nueva Avenida Alameda de Osuna-Ciudad Pegaso</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Madrid</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE MADRID 
 URBANISMO
 
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 Madrid. Urbanismo. Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible. Proyecto de expropiación 00.304 Nueva Avenida Alameda de Osuna-Ciudad Pegaso 
  Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible Dirección General de Planeamiento y Gestión Urbanística Subdirección General de Gestión Urbanística Servicio Gestión de Suelo Público
  Resolución del director general de Planeamiento y Gestión Urbanística, de 21 de julio de 2017, por la que se somete a información pública el Proyecto de Expropiación por Tasación Conjunta del P.E. 00.304 “Nueva Avenida Alameda de Osuna-Ciudad Pegaso”, integrado por dos Áreas de Planeamiento Remitido: APR 21.01 “Vía de la Gasolina Norte” y APR 20.03 “Vía de la Gasolina Sur”.
  El director general de Planeamiento y Gestión Urbanística, por su resolución de fecha 21 de julio de 2017 y en el expediente administrativo 711/2017/10234, ha adoptado el siguiente Acuerdo:
  Primero..Someter a información pública por el plazo de un mes el Proyecto de Expropiación por tasación conjunta del P.E. 00.304 “Nueva Alameda de Osuna-Ciudad Pegaso”, integrado por dos Áreas de Planeamiento Remitido: APR 21.01 “Vía de la Gasolina Norte” y APR 20.03 “Vía de la Gasolina Sur”, que fue aprobado el 19 de noviembre de 2004 por el Pleno del Ayuntamiento de la Ciudad de Madrid; todo ello, de conformidad con lo establecido en los artículos 201 y siguientes del Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Gestión Urbanística.
  Segundo..Publicar el presente Acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en uno de los periódicos de mayor circulación, en los términos establecidos en el artículo 202 del Reglamento de Gestión Urbanística, notificándose a los interesados el presente Acuerdo y remitiéndose además a los titulares de bienes y derechos la correspondiente hoja de aprecio y los criterios de valoración para que puedan formular cuantas alegaciones estimen pertinentes.
  Lo que se publica para general conocimiento, con objeto de que cuantas personas se consideren interesadas puedan examinar el Proyecto de Expropiación durante los plazos referidos, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este Acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a través de la página web del Ayuntamiento de Madrid (https://www.madrid.es), así como en los Servicios de Información Urbanística del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible, calle Ribera del Sena, número 21, en horario de atención al público. Durante dicho plazo, los interesados podrán formular cuantas alegaciones estimen oportunas, mediante escrito que podrá presentarse en cualquier registro de este Ayuntamiento, así como en el resto de lugares a los que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas.
  Madrid, a 24 de julio de 2017..La jefa del Servicio de Gestión de Suelo Público, Francisca Martín Canales.
  
     
     
 
   (01/26.333/17)</texto>
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