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    <titulo>– Canencia. Régimen económico. Ordenanza IBI</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>188</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Canencia</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE CANENCIA 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 18 
 Canencia. Régimen económico. Ordenanza IBI 
  Aprobada provisionalmente la modificación de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles por acuerdo del Pleno de fecha 18 de julio de 2017, y de conformidad con el artículo 17.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio en este BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.
  Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.
  En Canencia, a 25 de julio de 2017..La alcaldesa, Mercedes López Moreno.
  (03/26.251/17)</texto>
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