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    <fecha_publicacion>2017/08/09</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Rivas-Vaciamadrid. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE RIVAS-VACIAMADRID 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 35 
 Rivas-Vaciamadrid. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones 
  Solicitud de ayuda municipal para familias afectadas por crisis sobrevenidas con las que afrontar obligaciones derivadas de la titularidad de la vivienda habitual.
  BDNS(Identif.): 357760
  Acuerdo de Junta de Gobierno Local de 14 de julio de 2017 por el que se aprueban las bases y convocatoria de ayudas públicas “Ayuda municipal para familias afectadas por crisis sobrevenidas con las que afrontar obligaciones derivadas de la titularidad de la vivienda habitual 2017”.
  De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria. El texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans):
  1.  Beneficiarios..Personas físicas, empadronadas en el municipio, que sean sujetos/as pasivos/as del impuesto de bienes inmuebles y que cumplan con los requisitos establecidos en la presente convocatoria.
  Para acceder a las ayudas, los/as beneficiarios/as habrán de cumplir con los siguientes requisitos:
  Que el/la/los/as titular/es de la vivienda y todos los miembros de la unidad familiar o unidad de convivencia estén empadronados/as y residan en el municipio de Rivas-Vaciamadrid, al menos, con un año de antigüedad a la fecha de presentación de la solicitud en la vivienda objeto de la ayuda.
  Que el/la/los/as titular/es de la vivienda no tengan pendiente de justificación subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid.
  Hallarse en situación de desempleo e inscritos/as en las oficinas del Servicio Regional de Empleo de Comunidad de Madrid como demandantes.
  Pensionistas del Sistema de Seguridad Social cuya cuantía anual no supere 11.016,60 euros.
  Que el/la solicitante y todos los miembros de la unidad familiar o unidad de convivencia no sean titulares en régimen de propiedad, usufructo, superficie o concesión de otro bien inmueble ubicado en todo el territorio nacional.
  Que el/la solicitante y todos los miembros de la unidad familiar o unidad de convivencia estén al corriente de sus obligaciones tributarias fiscales con la Hacienda municipal y estatal, así como con la Seguridad Social.
  Que los saldos bancarios, fondos de inversión y depósitos bancarios del/la solicitante y/o demás miembros de la unidad familiar o unidad de convivencia no superen, en conjunto a 31 de diciembre de 2016, la cantidad de 11.016,60 euros.
  Ser sujeto/a pasivo/a en el año 2016 del impuesto de bienes inmuebles de naturaleza urbana.
  2.  Solicitudes..Oficina de la Casa Consistorial. Plaza 19 de Abril, número 1, en horario de lunes a viernes de ocho a diecinueve cuarenta y cinco. Agosto: de lunes a viernes de ocho a quince.
  Oficina de los Servicios Administrativos. Plaza de la Constitución número 1, en horario de lunes a viernes de ocho a diecinueve cuarenta y cinco y sábados de nueve a trece. Agosto: de lunes a viernes de ocho a quince.
  En la web municipal: http://www.rivasciudad.es/portal/home.jsp?codResi=1
  3.  Plazo..Treinta días hábiles a contar desde el día siguiente al de su publicación de las bases en la web municipal y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.
  4.  Lugar de presentación..Registros del Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid.
  5.  Documentación a presentar..Fotocopia del DNI/NIE del/la solicitante.
  Certificado de empadronamiento en el que consten todos los miembros de la unidad familiar o unidad de convivencia, así como su antigüedad.
  Justificante de inscripción como demandante en el Servicio Regional de Empleo e Informe del periodo ininterrumpido inscrito en situación de desempleo de todos y cada uno de los miembros en edad laboral de la unidad familiar definida en el apartado a) de la Base 3ª o unidad de convivencia, es decir, desde los 16 años hasta la edad de jubilación, emitido por el Servicio Público de Empleo.
  Declaración jurada de no ser titular de ningún derecho de propiedad, usufructo, superficie o concesión administrativa sobre otro bien de uso residencial (vivienda) en todo el territorio nacional.
  Justificante de movimientos bancarios de los últimos tres meses anteriores a la fecha de la solicitud de todos los miembros de la unidad familiar o unidad de convivencia.
  Certificado de saldos bancarios expedidos por la entidad bancaria a fecha 31 de diciembre de 2016 de todas las cuentas y depósitos de las que sea titular el/la solicitante y el resto de miembros de la unidad familiar o unidad de convivencia o en su sustitución certificado tributario de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria de  impuesto de la renta de las personas físicas del/la solicitante y resto de miembros de la unidad familiar o unidad de convivencia.
  En casos de separación o divorcio, sentencia de separación o divorcio y/o convenio regulador en el que se especifiquen las obligaciones derivadas de la titularidad de la vivienda para cada cónyuge.
  Autorizar la consulta por parte de esta Administración de que los/as solicitantes y todos los miembros de la unidad familiar o unidad de convivencia se encuentran al corriente con las obligaciones tributarias y fiscales.
  6.  Cuantía..1 por 100 del valor catastral de la vivienda objeto de la ayuda, con los límites establecidos en la convocatoria.
  7.  Periodo subvencionable..Impuesto de bienes inmuebles del 2017.
  8.  Justificación y pago..No requerirá otra justificación que la acreditación de dicha situación previamente a la concesión. El pago se efectuará una vez comprobada la documentación acreditativa de la condición de beneficiario, en la cuenta bancaria donde tuviera domiciliado el pago del impuesto de bienes inmuebles  2016 y en su defecto, en el número de cuenta facilitado junto con la solicitud.
  Rivas-Vaciamadrid, a 28 de julio de 2017..El alcalde-presidente, Pedro del Cura Sánchez.
  (03/26.556/17)</texto>
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