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    <titulo>Madrid número 50. Procedimiento 41 de 2015, notificación a Christian Silvestre García Nsue y otros</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 50 
 
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 Madrid número 50. Procedimiento 41 de 2015, notificación a Christian Silvestre García Nsue y otros 
  EDICTO
  Doña Inmaculada Rejas de Francisco, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 50 de Madrid.
  Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento verbal número 41 de 2015, instados por la procuradora doña María Fuencisla Martínez Mínguez, en nombre y representación de la comunidad de propietarios de la calle Puenteáreas, numero 1, de Madrid, contra don Sergio David García Nsue y don Christian Silvestre García Nsue, como herederos de don Silvestre García García, en los que se ha dictado en fecha 14 de diciembre de 2016 sentencia, cuyo fallo es el siguiente:
  “Que estimando la demanda interpuesta por la comunidad de propietarios de la calle Puenteáreas, numero 1, de Madrid, representada por la procuradora doña María Fuencisla Martínez Mínguez, contra don Christian Silvestre García Nsue y don Sergio David García Nsue, menor de edad, en su condición de herederos de don Silvestre García García, debo condenar y condeno a la parte demandada a abonar a la parte actora la cantidad de 2.906,16 y 28,07 euros en concepto de gastos de requerimiento, más los intereses legales desde la interposición de la demanda, con imposición de costas a la parte demandada.
  Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Contra la presente resolución no cabe recurso alguno (artículo 455.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil)”.
  En atención al desconocimiento del actual domicilio de los demandados don Christian Silvestre García Nsue y don Sergio David García Nsue, este último en su representante legal doña Lucrecia Nsue Bote, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición de los interesados en la Secretaría de este tribunal.
  En Madrid, a 21 de julio de 2017..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
  (02/26.124/17)</texto>
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