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    <titulo>Aranjuez número 2. Procedimiento 533 de 2015, notificación a Santiago González Borja</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>188</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE ARANJUEZ NÚMERO 2</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE ARANJUEZ NÚMERO 2 
 
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 Aranjuez número 2. Procedimiento 533 de 2015, notificación a Santiago González Borja 
  EDICTO
  Doña Teresa Vázquez Rodríguez, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia e instrucción número 2 de Aranjuez.
  Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de juicio verbal número 533 de 2015, en los que se ha dictado en fecha 11 de mayo de 2016 sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor siguiente:
  Vistos por don Luis Rodríguez Casero, ilustrísimo señor magistrado-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 2 de Aranjuez (Madrid), los autos correspondientes al procedimiento de juicio verbal número 533 de 2015, promovido por la entidad demandante “Manuel Guillén, Sociedad Anónima”, frente a la parte demandada don Santiago González Borja, se dicta la presente resolución en base al siguiente
  Fallo
  Que estimo en su integridad la demanda interpuesta por la representación procesal de la entidad demandante “Manuel Guillén, Sociedad Anónima”, frente a la parte demandada don Santiago González Borja, y en consecuencia, condeno a la parte demandada a pagar a la parte actora la cantidad de 5.739,15 euros, cantidad que devengará el interés legal del dinero a contar desde la fecha de interposición de la demanda y el interés legal del dinero incrementado en 2 puntos desde la fecha de la sentencia hasta la de su total cumplimiento, y se impone a la parte demandada don Santiago González Borja el pago de las costas causadas en esta instancia.
  Notifíquese la presente resolución a las partes, con indicación de que contra la misma cabe recurso de apelación, que se deberá interponer por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de su notificación (artículo 458 de la Ley de Enjuiciamiento Civil) del que entenderá la Audiencia Provincial de Madrid, debiendo acreditar la consignación del depósito en la cuenta de este Juzgado conforme a la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, y sin el cual no se tendrá por interpuesto.
  Insértese la presente sentencia en el libro de las mismas y tráigase a los autos testimonio en forma.
  Así lo acuerda, manda y firma don Luis Rodríguez Casero, ilustrísimo señor magistrado-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 2 de Aranjuez (Madrid) y su partido judicial..Doy fe.
  Y para que sirva de notificación en forma a don Santiago González Borja, en ignorado paradero, expido el presente en Aranjuez, a 11 de julio de 2016..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
  (02/26.181/17)</texto>
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