<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20170823-37</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>MORALZARZAL</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2017/08/23</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Moralzarzal. Régimen económico. Modificación presupuestaria</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>4</pagina_inicial>
    <pagina_final>4</pagina_final>
    <diario_numero>200</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://bocm.es/2017-08-23-200180820170085</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2017/08/23/BOCM-20170823-37.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2017/08/23/BOCM-20170823-37.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2017/08/23/BOCM-20170823-37.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2017/08/23/BOCM-20170823-37.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>MORALZARZAL</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE MORALZARZAL 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 37 
 Moralzarzal. Régimen económico. Modificación presupuestaria 
  Aprobado definitivamente, al no haberse presentado reclamaciones, el expediente de modificación presupuestaria 07-2496/2017. Transferencias de crédito organización municipal, bases de ejecución presupuestaria y programa de inversiones, aprobado por el Ayuntamiento en Pleno en sesión celebrada el día 11 de mayo de 2017, y expuesto al público de forma inicial en anuncio insertado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 144, de fecha 19 de junio de 2017, página 135. A los efectos del artículo 169.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se inserta resumen por capítulos del presupuesto, una vez incorporada la modificación aprobada y según el siguiente detalle:
  
     
     
 
   Contra la aprobación definitiva de este expediente, así como las bases de ejecución presupuestarias modificadas, puntos 1.1 y 1.2 del artículo 26, retribuciones, asignaciones, indemnizaciones, dietas y gastos de viaje, determinación de los miembros de la Corporación, que ejercen sus atribuciones con dedicación exclusiva y/o parcial, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 171.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la inserción del presente anuncio, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid o Juzgados de lo contencioso de Madrid, con los requisitos y formalidades contemplados en el citado texto articulado.
  En Moralzarzal, a 7 de agosto de 2017..El alcalde-presidente, Juan Carlos Rodríguez Osuna.
  (03/27.426/17)</texto>
</documento>