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    <identificador>BOCM-20170907-3</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>Consejería de Políticas Sociales y Familia</departamento>
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    <fecha_publicacion>2017/09/07</fecha_publicacion>
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    <titulo>Puesto funcional
– Orden 1357/2017, de 29 de agosto, de la Consejería de Políticas Sociales y Familia por la que se aprueban las bases de convocatoria para proveer, en régimen de turno restringido, un puesto funcional de Libre Designación, en la Consejería de Políticas Sociales y Familia</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>213</diario_numero>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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    <organismo>CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES Y FAMILIA</organismo>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID 
  B) Autoridades y Personal 
  CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES Y FAMILIA 
 
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 ORDEN 1357/2017, de 29 de agosto, de la Consejería de Politicas Sociales y Familia por la que se aprueban las bases de convocatoria para proveer, en régimen de turno restringido, un puesto funcional de Libre Designación, en la Consejería de Politicas Sociales y Familia. 
  El Convenio Colectivo para el Personal Laboral de la Comunidad de Madrid contempla, en su artículo 9 el concepto de puesto funcional, y en el Anexo VI del mismo texto se determina el correspondiente a “Responsable de Comunicación”.
  Ante la necesidad de proveer dicho puesto funcional, en la Dirección General de Atención a la Dependencia y al Mayor, dado que en la actualidad se encuentra vacante, se procede a su convocatoria pública.
  En consecuencia, este Órgano administrativo
  HA DISPUESTO
  Primero
  Aprobar las bases de convocatoria para proveer en régimen de turno restringido el puesto funcional número 50037 denominado “Responsable de Comunicación”.
  Segundo
  Convocar proceso selectivo para cubrir el puesto mencionado que se encuentra afecto al Convenio Colectivo para el Personal Laboral de la Comunidad de Madrid, adscritos a la Dirección General de Atención a la Dependencia y al Mayor de la Consejería de Políticas Sociales y Familia.
  Tercero
  A los efectos de su provisión, el puesto está clasificado como de Libre Designación, con sujeción a las siguientes
  BASES DE CONVOCATORIA
  Base Primera
  Objeto de la convocatoria
  1.1.  Es objeto de la presente convocatoria la provisión, en turno restringido del puesto funcional número 50037, relacionado en el Anexo I con las circunstancias y retribuciones señaladas en el mismo.
  1.2.  Toda vez que se trata de puestos funcionales, su régimen de desempeño se acomodará a lo previsto en los artículos 18 y 39 del Convenio Colectivo vigente. En consecuencia, el personal que acceda al puesto convocado percibirá en concepto de complemento funcional la diferencia existente entre la cuantía de la retribución asignada al puesto y la correspondiente a la de su categoría profesional o, en su caso, la suma de percepciones consolidadas a título personal, dependiendo la percepción del referido complemento del desempeño del puesto, por lo que no tendrá carácter consolidable, pudiendo el trabajador adscrito ser removido del mismo con carácter discrecional en los términos señalados en el apartado 3.1 del citado artículo 18 del vigente Convenio Colectivo.
  Base Segunda
  Requisitos de los aspirantes
  1.o  Ser trabajador de la Comunidad de Madrid, con relación jurídica laboral de carácter indefinido, afecto al Convenio Colectivo para personal laboral, y en situación de servicio activo.
  2.o  Cumplir los requisitos mínimos de titulación y experiencia establecidos en el Anexo I.
  3.o  Ostentar categoría profesional comprendida en el Anexo IV del vigente Convenio Colectivo.
  4.o  Los aspirantes deberán cumplir los requisitos establecidos en el apartado 1.o y 2.o anteriores en la fecha de fin de plazo de presentación de solicitudes, y poseer los mismos durante todo el proceso selectivo. El requisito del apartado 3.o deberá cumplirse con anterioridad a la propuesta que el Tribunal efectúe declarando seleccionados a los aspirantes.
  Base Tercera
  Se pretende la selección de personal adecuado al siguiente perfil profesional del puesto de: Responsable de Comunicación:
  .	Titulado Medio y con experiencia en el campo del análisis de población y la comunicación a través del diseño de campañas de sensibilización, mínimo 2 años.
  Actividades del puesto:
  .	Detectar áreas de necesidades y problemas emergentes, tanto en el colectivo de mayores que está siendo atendido a través de los recursos existentes, como en el colectivo de mayores que todavía no es sujeto de atención.
  .	Determinar qué áreas de necesidades detectadas deben ser objeto de desarrollo.
  .	Desarrollar la estrategia de comunicación necesaria para hacer llegar a la población sujeto de atención los nuevos programas de actuación elaborados.
  .	Introducir las modificaciones y diseñar las alternativas que el estudio y evaluación de los distintos programas determinen necesarias.
  Base Cuarta
  Sistema de selección
  Será facultad del Órgano administrativo competente, la selección del candidato más idóneo de entre los que reúnan los requisitos mínimos exigidos en el Anexo I a las bases de esta convocatoria.
  Base Quinta
  Los trabajadores de la Comunidad de Madrid que aspiren a ocupar el puesto que se convoca, en el supuesto de ostentar categoría profesional declarada “a extinguir”, deberán haber solicitado la integración en alguna de las categorías profesionales comprendidas en el Anexo III del Convenio Colectivo.
  Base Sexta
  Instancias y admisión de candidatos
  6.1.   Las instancias solicitando tomar parte en la presente convocatoria, podrán presentarse en el Registro de la Consejería de Políticas Sociales y Familia (calle O´Donnell, número 50), o en el Registro General de la Comunidad de Madrid (calle Gran Vía, número 3) y en el Registro Auxiliar del Registro General (plaza de Chamberí, número 8). Asimismo podrán presentarse en cualquiera de los Registros de todas las Consejerías y Organismos Autónomos dependientes de la Comunidad de Madrid, o en cualquiera de los lugares y formas establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,en el plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, e irán dirigidas a la Consejería de Políticas Sociales y Familia, sita en la calle O´Donnell, número 50.
  El modelo de instancia para el turno restringido es el Anexo II.
  6.2.  Junto a la instancia, los aspirantes deberán aportar copia compulsada de los documentos que acrediten estar en posesión de los requisitos mínimos, en los términos señalados en el Anexo I a estas bases de convocatoria.
  6.3.  Los trabajadores de la Comunidad de Madrid que participen en la presente convocatoria deberán aportar certificado expedido por el responsable de la Secretaría General Técnica de la Consejería u Organismo donde presten sus servicios, acreditando la condición de trabajador de la Comunidad de Madrid con relación jurídico-laboral de carácter indefinido y en servicio activo, según modelo Anexo IV que deberá solicitarse en el Departamento de Personal de la Consejería u Organismo del que dependa el trabajador.
  6.4.  Finalizado el plazo de presentación de instancias, se hará pública en el tablón de anuncios de la Consejería de Políticas Sociales y Familia la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, haciendo constar la identidad de estos últimos, con indicación de la causa de inadmisión.
  Los aspirantes excluidos, así como los que no figuren en la relación de admitidos ni de excluidos, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la Resolución para subsanar, si procede, el defecto que haya motivado la exclusión o su no inclusión expresa.
  Transcurrido dicho plazo de diez días hábiles se procederá a la publicación, por el sistema señalado anteriormente, de la relación definitiva de aspirantes admitidos.
  Base Séptima
  Adjudicación del puesto
  7.1.  Conforme al sistema establecido en la base cuarta de esta convocatoria, el Órgano administrativo competente elegirá al candidato que considere más idóneo, proponiendo a la Dirección General de la Función Pública el candidato seleccionado o la declaración de desierta la provisión, en turno restringido.
  7.2.  A la vista de la propuesta efectuada por el Órgano Administrativo competente, la Dirección General de la Función Pública procederá adjudicar el puesto objeto de provisión, publicándose en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  7.3.  Una vez seleccionado el aspirante, se formalizará en el contrato de trabajo la oportuna diligencia. En todo caso deberá quedar constancia del consentimiento del trabajador en cuanto a las nuevas condiciones laborales a que haya lugar.
  7.4.  En el caso de coincidir en el tiempo las convocatorias de dos o más Consejerías y Organismo, así como previsiblemente la finalización del proceso de selección en relación a las mismas, con el fin de evitar que fueran adjudicados a un mismo trabajador dos o más puestos de trabajo pertenecientes a diferentes Consejerías, u Organismo, los órganos administrativos responsables citarán al trabajador para que este opte entre alguno de los puestos.
  7.5.  El régimen jurídico del desempeño del puesto convocado se ajustará a lo dispuesto en el artículo 18 del Convenio Colectivo vigente.
  Base Octava
  Contra esta Orden de convocatoria, procederá demanda en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Social, de acuerdo con lo previsto en el artículo 69.2 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.
  Madrid, a 29 de agosto de 2017..El Consejero de Políticas Sociales y Familia, PDF (Orden 1355/15, de 9 de julio), el Secretario General Técnico, Manuel Galán Rivas.
  
     
     
     
 
   (03/28.431/17)</texto>
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