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    <identificador>BOCM-20171005-149</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>– Juzgados de lo Social:</departamento>
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    <fecha_publicacion>2017/10/05</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 39. Ejecución 157 de 2017, notificación a Kenny Klose Group, S. L.</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>237</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 39</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 39
149Madrid número 39. Ejecución 157 de 2017, notificación a Kenny Klose Group, S. L.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. VICTORIA DELGADO ROBLEDO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 39 de Madrid, HAGO SABER:
Que en el procedimiento 157/2017 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. SILVIA BACHILLER LÓPEZ y D./Dña. DIANA YURANI MARTÍNEZ VARELA frente a KENNY KLOSE GROUP SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado resolución de fecha 8-9-17 con la parte dispositiva siguiente:

 “ PARTE DISPOSITIVA

Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante, D./Dña. SILVIA BACHILLER LÓPEZ y D./Dña. DIANA YURANI MARTÍNEZ VARELA, frente a la demandada KENNY KLOSE GROUP SL, parte ejecutada, por un principal de 4.947,56 euros, más 494,75 euros y otros 494,75 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Corresponde a cada una de las ejecutantes las siguientes cantidades en concepto de principal:
- A DIANA YURANI MARTÍNEZ VARELA: 2.930,90 euros
- A SILVIA BACHILLER LÓPEZ: 2.016,66 euros

Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en el plazo de QUINCE DÍAS puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

MODO DE IMPUGNACIÓN.- Mediante recurso de REPOSICIÓN ante este Juzgado dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el art. 239.4 LJS., debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la Entidad BANCO DE SANTANDER 4283-0000-64-0157-17.

Así, por este su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez

D./Dña. MARÍA LUZ RICO RECONDO.
EL MAGISTRADO-JUEZ”

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a KENNY KLOSE GROUP SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a ocho de septiembre de dos mil diecisiete.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/29.578/17)</texto>
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