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    <titulo>– Pinto. Régimen económico. Modificación presupuestaria</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Pinto</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE PINTO
RÉGIMEN ECONÓMICO
49Pinto. Régimen económico. Modificación presupuestaria
En sesión de Pleno Municipal de fecha 28 de septiembre de 2017, se aprobaron inicialmente los expedientes de crédito extraordinario números 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44 y 45/2017, así como los expedientes de suplemento de crédito números 2, 3, 4 y 5/2017, los cuales se encuentran expuestos al público a efectos de reclamaciones.
Los interesados que estén legitimados según lo dispuesto en el artículo 170 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y por los motivos taxativamente enumerados en el número 2 del artículo 170, podrán presentar reclamaciones con sujeción a los siguientes trámites:
a)	Plazo de exposición y admisión de reclamaciones: a partir del día siguiente a la fecha de inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, hasta las catorce horas del vigésimo día hábil.
b)	Oficina de presentación: Registro General.
c)	Órgano ante el que se reclama: Ayuntamiento de Pinto.
Pinto, a 29 de agosto de 2017..El alcalde, Rafael Sánchez Romero.
(03/32.618/17)</texto>
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