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    <departamento>– Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</departamento>
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    <titulo>Parla número 6. Procedimiento 746 de 2014, notificación a Macongar, S. L.</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>237</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE PARLA NÚMERO 6</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE PARLA NÚMERO 6
77Parla número 6. Procedimiento 746 de 2014, notificación a Macongar, S. L.
EDICTO
En este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 746 de 2014, entre “Flodi, Sociedad Limitada”, y “Macongar, Sociedad Limitada”, en cuyos autos se ha dictado la sentencia cuyo encabezamientos y fallos son:
Sentencia número 49 de 2015
En Parla, a 9 de marzo de 2015.
Vistos por doña Alicia Parrondo Amago, magistrada del Juzgado de primera instancia e instrucción número 6 de Parla, los presentes autos de juicio ordinario, seguidos ante este Juzgado bajo el número 746 de 2014, a instancias de la entidad “Flodi, Sociedad Limitada”, representada por el procurador de los Tribunales don Félix González Pomares, contra la entidad “Macongar Materiales de Construcción, Sociedad Limitada”, con domicilio social en calle Milanos, número 8, nave 32, polígono industrial “La Estación” de Pinto (Madrid), declarada en estos autos en situación de rebeldía procesal, en reclamación de cantidad, en consideración a los siguientes
Fallo
Estimar la demanda interpuesta por el procurador de los Tribunales don Félix González Pomares, en nombre y representación de “Flodi, Sociedad Limitada”, contra la entidad “Macongar Materiales de Construcción, Sociedad Limitada” y condeno a la entidad “Macongar Materiales de Construcción, Sociedad Limitada” a pagar a la entidad “Flodi, Sociedad Limitada”, la cantidad de 15.116,34 euros, más los intereses legales desde la fecha de la interposición de la demanda el día 10 de julio de 2014 hasta su completo pago, condenando al pago de las costas procesales a la demandada.
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que frente a ella pueden interponer recuso de apelación en el plazo de veinte días contados desde el día siguiente de la notificación, para su resolución por la Audiencia Provincial de Madrid, debiendo exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos que impugna, conforme dispone la Ley 1/2000, de 7 de enero, en la redacción dada por la Ley 37/2011, de 10 de octubre, de medidas de agilización procesal, y previa constitución de un depósito de 50 euros, con arreglo a lo dispuesto en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre.
Así, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación a “Macongar, Sociedad Limitada”, expido y firmo la presente en Parla, a 1 de septiembre de 2017..El letrado de la Administración de Justicia (firmado).
(02/30.199/17)</texto>
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