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    <titulo>Madrid número 85. Procedimiento 1.002 de 2016, notificación a Francisco Javier Borrego Tendero</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>266</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 85</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 85
93Madrid número 85. Procedimiento 1.002 de 2016, notificación a Francisco Javier Borrego Tendero
EDICTO
Don Enrique Cilla Calle, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 85.
Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de divorcio contencioso número 1.002 de 2016, en los que se ha dictado en fecha 25 de septiembre de 2017 sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son los siguientes:
Doña María Serantes Gómez, magistrada-juez de primera instancia número 85 de Madrid y su partido, habiendo visto los presentes autos de divorcio contencioso número 1.002 de 2016, seguidos ante este Juzgado entre partes: de una, como demandante, doña Wendy Raquel Pérez Correa, representada por la procuradora doña Susana Gómez Cebrián y asistida por la letrada doña Gabriela Martín Gutiérrez, y de otra, como demandado, don Francisco Javier Borrego Tendero, declarado en situación de rebeldía procesal, habiendo sido parte el ministerio fiscal.
Fallo
Con estimación parcial de la demanda formulada por la procuradora doña Susana Gómez Cebrián, en nombre y representación de doña Wendy Raquel Pérez Correa, frente a don Francisco Javier Borrego Tendero, en situación procesal de rebeldía, se declara sin pronunciamiento en costas el divorcio del matrimonio celebrado por don Francisco Javier Borrego Tendero y doña Wendy Raquel Pérez Correa, el día 10 de mayo de 2005, en Madrid, con los efectos legales inherentes y sin pronunciamiento en costas.
No ha lugar a los pronunciamientos interesados en materia de guarda y custodia, patria potestad y derecho de alimentos, por falta de competencia internacional de la jurisdicción española.
Contra la presente resolución, cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días.
Y para que sirva de notificación en forma a don Francisco Javier Borrego Tendero, en paradero desconocido, expido y firmo el presente en Madrid, a 11 de octubre de 2017..El letrado de la Administración de Justicia (firmado).
(02/35.164/17)</texto>
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