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    <titulo>– Móstoles. Organización y funcionamiento. Modificación delegación atribuciones</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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    <organismo>Ayuntamiento de Móstoles</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE MÓSTOLES
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
76Móstoles. Organización y funcionamiento. Modificación delegación atribuciones
De conformidad con lo establecido en el artículo 61 del Reglamento Orgánico Municipal, se hace público el siguiente decreto: 
Decreto de Alcaldía 4720/17, de 13 de octubre, sobre modificación parcial de la delegación de atribuciones propias de la Alcaldía en Concejalías.
«Constituida la Corporación el día 13 de junio de 2015 tras las Elecciones Municipales celebradas el 24 de mayo y en atención al principio de eficacia en la organización y funcionamiento de la Administración Municipal de Móstoles, esta Alcaldía, emitió el Decreto número 2303/15, de 15 de junio, sobre nombramiento y funciones de las Tenencias de Alcaldía, Concejalías delegadas y Áreas de gestión que comprenden y señalamiento de las atribuciones del Alcalde que se delegan. 
Como consecuencia de la incorporación al Gobierno local de Concejales del Grupo Municipal “Ganar Móstoles”, se efectuó una reorganización de las delegaciones y nombramiento formalizándose la misma mediante el Decreto de la Alcaldía número 3706/2016, de 18 de julio.
Esta Alcaldía considera oportuno revocar las delegaciones atribuidas a don Eduardo Gutiérrez Cruz; asignando la Concejalía Delegada de Urbanismo a D Roberto Sánchez Muñoz, excepto las atribuciones relativas al Instituto Municipal de Suelo, S.A. y a la Oficina Municipal de Defensa del Derecho a la Vivienda, que se asignan al Concejal don Gabriel Ortega Sanz. Y asignar al Concejal don Agustín Martín Cortés las áreas de Movilidad y Transportes.
Por todo ello, en virtud de las facultades que me confiere el artículo 124, apartados 4.e) y 5) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y en relación al artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Visto asimismo lo dispuesto en los artículos 53, 54 y 56 a 58 del Reglamento Orgánico Municipal aprobado por el Pleno en sesión de 31 de marzo de 2005 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número. 101, 29 de abril de 2005). 
Por todo lo expuesto, vengo a resolver:
Primero..Modificar parcialmente el Decreto de Alcaldía número 3706/2016, de 18 de julio, sobre nombramiento y funciones de las Tenencias de Alcaldía, Concejalías Delegadas y Áreas de Gestión que comprenden y señalamiento de las atribuciones del Alcalde que se delegan; para el mandato 2015-2019, en el siguiente sentido: 
1.1.  Revocar todas las delegaciones efectuadas por esta Alcaldía a favor del Concejal don Eduardo Gutiérrez Cruz.
1.2.  Atribuir al Concejal don Roberto Sánchez Muñoz la titularidad de la Concejalía de Urbanismo, con excepción de las atribuciones o áreas de gestión indicadas en el apartado 1.3.
Por consiguiente, la Concejalía de Presidencia, Seguridad Ciudadana y Movilidad pasará a tener la denominación que se indica y se le asignan las siguientes delegaciones en el ámbito y con las facultades que se señalan:
Concejalía de Presidencia, Urbanismo, Seguridad Ciudadana y Comunicación
Titular: don Roberto Sánchez Muñoz.
Departamentos o Servicios que comprende:
.	Relaciones institucionales.
.	Comunicación.
.	Policía Municipal 
.	Bomberos
.	Protección Civil.
.	La Secretaría General
.	Servicios de Registro General, Estadística y Procesos Electorales.
.	Urbanismo. 
.	Gerencia Municipal de Urbanismo
Atribuciones:
a)	La dirección política del Área de Presidencia, incluyendo la dirección y coordinación política de las Tenencias de Alcaldía y sus delegaciones.
b)	La Presidencia efectiva de la Gerencia Municipal de Urbanismo, en virtud de lo previsto en los artículos 7 y 13 de los Estatutos de la misma aprobados por Acuerdo del Pleno de 14 de febrero de 2008; con las atribuciones señaladas en el artículo 14 de dichos Estatutos.
c)	La firma, en representación del Ayuntamiento, de las actas de expropiación forzosa y del texto definitivo de los Convenios Urbanísticos una vez aprobado por el Pleno.
d)	La gestión, incluida la emisión de actos o resoluciones administrativas que afecten a terceros, así como la revisión de dichos actos, en el ámbito de los asuntos de su competencia delegada.
e)	Ordenar la publicación, ejecución y cumplimiento de los acuerdos de los órganos ejecutivos del Ayuntamiento en el ámbito de los asuntos de los Departamentos y Servicios que comprende.
f)	Orden de expedición y visto bueno de certificaciones de los acuerdos de órganos unipersonales y documentación obrante en el en el ámbito de los asuntos de los Departamentos y Servicios que comprende.
g)	Solicitud de subvenciones a otras administraciones u organismos públicos en el en el ámbito de los asuntos de los Departamentos y Servicios que comprende.
h)	Oficios de comunicación a autoridades y organismos públicos en el ámbito de los asuntos de los Departamentos y Servicios que comprende.
i)	Las resoluciones relativas a la gestión del Padrón Municipal de habitantes.
j)	La resolución de las solicitudes de inscripción en el Registro Municipal de uniones de hecho.
k)	La ordenación, control, vigilancia del tráfico, gestión de los usos de las vías y el cierre de las vías urbanas, de conformidad con lo previsto en el Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo.
l)	La inmovilización, retirada y depósito de vehículos conforme a lo previsto en el Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo.
m)	Ejercer las competencias relativas a la expedición, denegación, control, retirada y demás atribuciones otorgadas a la Alcaldía en relación con las tarjetas de armas contempladas en el artículo 105 del Reglamento de Armas.
n)	Coordinación de las Juntas de Distrito.
o)	Formalizar los convenios de patrocinio que se ajusten al contenido del Convenio-tipo de colaboración empresarial en actividades de interés general (artículo 25 de la Ley 49/2002), en las materias objeto de sus competencias o atribuciones delegadas.
p)	La condición de responsable de los ficheros de protección de datos de su ámbito de delegación cuya responsabilidad no esté atribuida a un órgano concreto de la misma, incluyendo la emisión de las resoluciones sobre tratamiento, cesión, inscripción de ficheros, derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición (ARCO), y la aprobación, formalización y supervisión de los encargos de tratamiento.
1.3.  Adscribir al Concejal don Gabriel Ortega Sanz la titularidad de las delegaciones en materia de Vivienda.
Por consiguiente, la Concejalía de Cultura y Bienestar Social, pasará a tener la denominación que se indica y se le asignan las siguientes delegaciones en el ámbito y con las facultades que se señalan:
Concejalía de Cultura, Bienestar Social y Vivienda
Titular: don Gabriel Ortega Sanz.
Departamentos o Servicios que comprende:
.	Centros Socioculturales.
.	Teatros.
.	Museos. 
.	Bibliotecas.
.	Servicios Sociales.
.	Inmigración.
.	Cooperación. 
.	Vivienda.
.	Oficina Municipal de Defensa del Derecho a la Vivienda.
.	Instituto Municipal del Suelo de Móstoles, Sociedad Anónima (IMS).
Atribuciones:
a)	La gestión, incluida la emisión de actos o resoluciones administrativas que afecten a terceros, así como la revisión de dichos actos, en el ámbito de los asuntos de su competencia delegada.
b)	Ordenar la publicación, ejecución y cumplimiento de los acuerdos de los órganos ejecutivos del Ayuntamiento en el ámbito de los asuntos de los Departamentos y Servicios que comprende.
c)	Orden de expedición y visto bueno de certificaciones de los acuerdos de órganos unipersonales y documentación obrante en el en el ámbito de los asuntos de los Departamentos y Servicios que comprende.
d)	Solicitud de subvenciones a otras administraciones u organismos públicos en el en el ámbito de los asuntos de los Departamentos y Servicios que comprende.
e)	Oficios de comunicación a autoridades y organismos públicos en el ámbito de los asuntos de los Departamentos y Servicios que comprende.
f)	Formalizar los convenios de patrocinio que se ajusten al contenido del Convenio-tipo de colaboración empresarial en actividades de interés general (artículo 25 de la Ley 49/2002), en las materias objeto de sus competencias o atribuciones delegadas.
g)	La condición de responsable de los ficheros de protección de datos de su ámbito de delegación cuya responsabilidad no esté atribuida a un órgano concreto de la misma, incluyendo la emisión de las resoluciones sobre tratamiento, cesión, inscripción de ficheros, derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición (ARCO), y la aprobación, formalización y supervisión de los encargos de tratamiento.
1.4.  Adscribir al Concejal don Agustín Martín Cortés la titularidad de las delegaciones en materia de Movilidad y Transportes.
Por consiguiente, la Concejalía de Deportes pasará a tener la denominación que se indica y se le asignan las siguientes delegaciones en el ámbito y con las facultades que se señalan:
Concejalía de Deportes, Movilidad y Transportes
Departamentos o Servicios que comprende:
.	Deportes.
.	Polideportivos.
.	Demás Instalaciones Deportivas.
.	Relaciones con el Consorcio Regional de Transportes.
.	La gestión y desarrollo del Plan de Movilidad Urbana.
Atribuciones:
a)	La gestión, incluida la emisión de actos o resoluciones administrativas que afecten a terceros, así como la revisión de dichos actos, en el ámbito de los asuntos de su competencia delegada.
b)	Ordenar la publicación, ejecución y cumplimiento de los acuerdos de los órganos ejecutivos del Ayuntamiento en el ámbito de los asuntos de su competencia.
c)	Orden de expedición y visto bueno de certificaciones de los acuerdos de órganos unipersonales y documentación obrante en el en el ámbito de los asuntos de los Departamentos y Servicios que comprende.
d)	Solicitud de subvenciones a otras administraciones u organismos públicos en el en el ámbito de los asuntos de los Departamentos y Servicios que comprende.
e)	Oficios de comunicación a autoridades y organismos públicos en el ámbito de los asuntos de los Departamentos y Servicios que comprende.
f)	Presidenta de la Junta de Distrito 2 (en virtud de lo previsto en el artículo 150 del Reglamento Orgánico, con las atribuciones señaladas en el artículo 151 del mismo).
g)	Formalizar los convenios de patrocinio que se ajusten al contenido del Convenio-tipo de colaboración empresarial en actividades de interés general (artículo 25 de la Ley 49/2002), en las materias objeto de sus competencias o atribuciones delegadas.
h)	La condición de responsable de los ficheros de protección de datos de su ámbito de delegación cuya responsabilidad no esté atribuida a un órgano concreto de la misma, incluyendo la emisión de las resoluciones sobre tratamiento, cesión, inscripción de ficheros, derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición (ARCO), y la aprobación, formalización y supervisión de los encargos de tratamiento.
Segundo..Integrar la presente resolución en el decreto de la Alcaldía número 3706/2016, de 18 de julio.
Tercero..Deberá publicarse la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y darse cuenta a la Junta de Gobierno Local.
Cuarto..El alcalde podrá revocar y avocar en cualquier momento las competencias delegadas con arreglo a la legislación vigente sobre procedimiento administrativo común.
Quinto..Los procedimientos iniciados con anterioridad a la entrada en vigor del presente decreto por órganos distintos de los competentes de acuerdo con el mismo, se seguirán tramitando y se resolverán por los órganos que resulten competentes en virtud del nuevo reparto de competencias.
Sexto..Quedan derogadas expresamente todos los decretos adoptados anteriormente en cuanto a delegaciones de la Alcaldía en concejales-delegados, en aquello que se opongan al presente decreto.
Séptimo..Notificar el presente acuerdo a los interesados, así como a las Concejalías y las Áreas afectadas.
Lo manda y firma el alcalde-presidente, en Móstoles, a 13 de octubre de 2017..El alcalde, David Lucas Parrón (firma ilegible)..Doy fe, el titular del Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local, Emilio J. de Galdo Casado (firma ilegible)».
Móstoles, a 27 de octubre de 2017..El secretario general, José López Viña. 
(03/35.818/17)</texto>
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