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    <titulo>– Pozuelo de Alarcón. Urbanismo. Gerencia Municipal de Urbanismo. Proyecto urbanización</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>272</diario_numero>
    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón</organismo>
    <organismo>Gerencia Municipal de Urbanismo</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE POZUELO DE ALARCÓN
URBANISMO
Gerencia Municipal de Urbanismo
52Pozuelo de Alarcón. Urbanismo. Gerencia Municipal de Urbanismo. Proyecto urbanización
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 80.2 en relación con el 60 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, y en el artículo 141.4 del Reglamento del Planeamiento Urbanístico, se pone en general conocimiento que, la Junta de Gobierno Local, por acuerdo adoptado en sesión celebrada el 20 de septiembre de 2017, ha aprobado definitivamente el proyecto de urbanización de la Unidad de Ejecución del APR 4.3-12 “Calle San Jaime y Diamante”, promovido de oficio por el Ayuntamiento, con las condiciones que en el mismo constan.
Frente el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante la Junta de Gobierno Local, conforme a lo dispuesto en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación.
Pozuelo de Alarcón, a 22 de septiembre de 2017..El gerente municipal de Urbanismo, Raúl Herranz Muñoz.
(03/37.083/17)</texto>
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