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    <identificador>BOCM-20171116-213</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>– Juzgados de lo Social:</departamento>
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    <fecha_publicacion>2017/11/16</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 31. Procedimiento 872 de 2017, notificación a Paparivas, S. L.</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>273</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 31</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 31
213Madrid número 31. Procedimiento 872 de 2017, notificación a Paparivas, S. L.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. AMALIA DEL CASTILLO DE COMAS LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 31 de Madrid, HAGO SABER:
Que en el procedimiento 872/2017 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. ROBERT RUIZ PEÑA frente a FOGASA y PAPARIVAS SL sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

 “Que estimando totalmente la demanda de despido interpuesta por Dº ROBERT RUIZ PEÑA frente a PAPA RIVAS S.L. y FOGASA. debo DECLARAR Y DECLARO IMPROCEDENTE el despido dela actor, pero no siendo posible la readmisión se declara EXTINGUIDO el contrato de trabajo celebrado entre las partes en la fecha de la presente resolución y en consecuencia CONDENO a la empresa demandada a que indemnice con la cantidad de 3.394,46 euros netos en concepto de indemnización, así como los salarios de tramitación desde la fecha del despido (28-6-17) hasta hoy a razón de 94,95euros/día.

Y que estimando la demanda de cantidad interpuesta por el actor debo CONDENAR Y CONDENO a la empresa demandada a abonar a la parte actora la cuantía de 2.848,50 euros brutos en concepto de salario, así como el 10% en concepto de mora.

Y así mismo, procede ABSOLVER a FOGASA de todos los pedimentos de la demanda, sin perjuicio del art. 33 ET.”

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a PAPARIVAS SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid y tablón de anuncios del Juzgado.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid , a veinticinco de octubre de dos mil diecisiete .

 EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/35.427/17)</texto>
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